JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 13 de Noviembre de dos mil seis.
196º y 147°

Vista la diligencia suscrita en fecha 08 de Noviembre de 2006, por la abogada ANA R. PAZ SANCHEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 63.378, con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante, mediante la cual desiste del presente procedimiento, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR el Desistimiento realizado, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Así mismo, se deja sin efecto la comisión de intimación y enviada la primera con oficio N° 1511 al Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta del Estado Táchira y la segunda con oficio N° 1422 al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín, Urdaneta y Córdoba del Estado Táchira. Líbrense oficios. Igualmente, por cuanto no hay más actuaciones que realizar, se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente.

LA JUEZ TEMPORAL

ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA

ABOG. JEINNYS M. CONTRERAS P.