JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, siete (07) de noviembre del año dos mil seis.

196º y 147º


Visto el contenido del escrito de fecha 13-02-1992, suscrita por la abogada NUBIAN GUERRERO GUERRERO, inscrita en el I.P.S.A bajo el No. 31.138, parte demandante, ciudadana NELLY ENRIQUETA SUS CORREDOR, titular de la cédula de identidad No. 11.490.442, por una parte, y por la otra, el ciudadano MOUNZER EL AYOUBI AYOUBI, titular de la cédula de identidad No. E-81.403.043, parte demandada, asistido por la abogada NILSA CARRERO DE TRUJILLO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el No. 3199, suscrita por ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en donde deciden poner fin al presente juicio mediante CONVENIMIENTO, y por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y ordena proceder como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada..

Publíquese, regístrese y dejase copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los siete (07) días del mes de noviembre del año dos mil seis. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.



ABG. GREGORIO EDECIO PÉREZ AGUILAR
Juez Temporal


MARÍA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria