REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLIVAR

JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 16 de noviembre de 2006.
196° y 147°
Visto el convenimiento suscrito entre el abogado EDISON GONZÁLEZ FRANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-8.986.506, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 38787, parte demandante, y el ciudadano OSCAR ORLANDO CAMACHO PRADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.957.297, parte demandada, debidamente asistido por el abogado CARLOS ARGUELLO COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.020.576, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 63.301, en el expediente 1811-2006 de Desalojo, de fecha 15 de noviembre de 2006, inserto al folio 26; y por cuanto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles el Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 363 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
El Juez Temporal,


Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía.
La Secretaria,


Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas.


Exp: 1.811-06
pedro