REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
En el día de hoy, miércoles primero de noviembre de dos mil seis, siendo las 11:20 de la mañana, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogada en ejercicio CARMEN LORENA USECHE R., inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 49.905, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciudadano LUIS EDUARDO ROSO PORRAS, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble N° 9-69, ubicado en la carrera 9 de esta ciudad de San Cristóbal del Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretado en el JUICIO que por COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, se sigue contra la EMPRESA ELECTRICIDAD INDUSTRIAL, representada por el ciudadano ANTONIO RAMOS DÍAZ, en el expediente Nº 9583-03 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial JACKSON GAMBOA, placa 2227. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Por cuanto no es posible ubicar en este lugar bienes muebles propiedad de la parte demandada, solicito a este Tribunal Ejecutor de Medidas se abstenga de la practica de la medida de Embargo Ejecutivo, reservándome el derecho de solicitar mediante diligencia se fije nueva oportunidad, es todo”. El Tribunal visto el pedimento realizado por la parte actora acuerda ABSTENERSE de la práctica de la medida de Embargo Preventivo para lo cual ha sido comisionado y ordena mantener la presente comisión en este Despacho. Es todo. No siendo mas concluye el acto a las 12:30 p.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.
LA PARTE ACTORA,
ABG. CARMEN LORENA USECHE R.
EL FUNCIONARIO POLICIAL,
JACKSON GAMBOA
LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO