REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 07 de Noviembre de 2006.
196° y 147°

Visto el anterior libelo de demanda, así como la diligencia suscrita por el abogado ANDRES B. MORENO OROSCO, apoderado judicial de la parte actora, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal la admite. En consecuencia, se emplaza a la parte demandada, ciudadanos JOSÉ MAURICIO VARGAS MARTÍNEZ y NEYLA MIREYA GONZÁLEZ de VARGAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.480.060 y V-14.145.357, respectivamente, para que comparezcan por ante este Tribunal, en el horario comprendido entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m., del segundo (2do.) día de Despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado la última citación, que de los demandados se haga, cualquiera sea su orden, a fin de que den contestación a la demanda incoada en su contra. Compúlsense sendos libelos de demanda y con la orden de comparecencia al pié, entréguense al Alguacil del Tribunal para que practique la citación de la parte demandada. Con relación a la medida de embrago ejecutivo y de prohibición de enajenar y gravar solicitada, el Tribunal proveerá lo conducente por auto y cuaderno separado.
LA JUEZ TITULAR;

LIZBETH ALVARADO FRIAS
LA SECRETARIA,

Abg. MARÍA ALEJANDRA GONZÁLEZ
En esta misma fecha se libró la orden de comparecencia a la parte demandada y se insta a la parte actora a consignar copias fotostáticas del libelo de demanda y auto de admisión, a los fines de elaboración de las compulsas.
LA SECRETARIA,