REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 15 de noviembre de 2006
-196° y 147°-
Conforme lo ordenado en el Cuaderno Principal del Expediente N° 1188/06, contentivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES, interpuso ADMINISTRADORA ANNISSAC C.A., contra el ciudadano JEAN MAX PORTE, se abre el presente Cuaderno de Medidas a fin de proveer sobre la medida solicitada, este Tribunal por considerar que de acuerdo con los documentos anexados a los fines de la medida, se encuentran cubiertos los extremos exigidos por el Artículo 585 del Código de Procedimiento Civil a esos efectos, en cuanto a las presunciones del derecho que se reclama y de que quede ilusoria la ejecución del fallo, en consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 588, Ordinal 3° ejusdem, decreta la MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR solicitada, sobre el siguiente bien inmueble objeto del presente juicio consistente en un apartamento distinguido con el Número 94, Tipo D, y ubicado en la Planta 9, de la Torre A, del Edificio Residencias Belo Horizonte, ubicado en la Avenida Nueva de Acceso a la urbanización Playa Grande, Sector Montemar, Antigua Meseta Machado, en la Jurisdicción de la Parroquia Catia la Mar, Estado Vargas, el cual tiene una superficie aproximada de treinta y ocho metros cuadrados con sesenta y un decímetros cuadrados (38,61mts2), siendo sus linderos: NORTE: con apartamento Nº 95; SUR: Apartamento Nº 93; ESTE: con pasillo de circulación y OESTE: Con fachada oeste del edificio.-
Consta la propiedad según documento protocolizado por ante la oficina Inmobiliario del Segundo Circuito de Registro del Estado Vargas en fecha. 28/09/2004, bajo el Número 45, Protocolo Primero, Tomo 12, Trimestre 3. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 600 Ejusdem, ofíciese lo conducente al Registrador Subalterno del Primer Circuito del Estado Vargas. Líbrese oficio. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIO
DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ LA…
…SECRETARIA ACC.
SORBEY GUEVARA.
En esta misma fecha, dio cumplimiento a lo ordenado. Y se libro oficio N° 616/06.
LA SECRETARIA ACC.