REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 15 de noviembre de 2006
-196° y 147°-

Conforme lo ordenado en el Cuaderno Principal del Expediente N° 1169/06, contentivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES, interpuso ADMINISTRADORA ANNISSAC C.A., contra la ciudadana BETTY CHIQUINQUIRA REYES RODRIGUEZ, se abre el presente Cuaderno de Medidas a fin de proveer sobre la medida solicitada, este Tribunal por considerar que de acuerdo con los documentos anexados a los fines de la medida, se encuentran cubiertos los extremos exigidos por el Artículo 585 del Código de Procedimiento Civil a esos efectos, en cuanto a las presunciones del derecho que se reclama y de que quede ilusoria la ejecución del fallo, en consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 588, Ordinal 3° ejusdem, decreta la MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR solicitada, sobre el siguiente bien inmueble objeto del presente juicio consistente en un apartamento distinguido con el Número131, Tipo A y ubicado en el piso 13, de la Torre B del Edificio BELO HORIZONTE, el cual esta situado EN LA Avenida Nueva de acceso a la Urbanizacion Playa Grande, sector Montemar, antigua Meseta Machado, Jurisdicción de la Parroquia Catia la Mar, Estado Vargas, el cual tiene una superficie aproximada de cincuenta y tres metros cuadrados (53,00mts2), siendo sus linderos: NORTE: con espacio vacio de estructura, pasillo de circulación y el apartamento distinguido con el Nº 132; SUR: con fachada Sur del Edificio; ESTE: con fachada Este del Edificio y OESTE: Con fachada oeste del edificio.-
Consta la propiedad según documento protocolizado por ante la oficina Subalterna de Registro del Departamento Vargas del Distrito Federal, en fecha. 29/12/1982, bajo el Número 3, Protocolo Primero, Tomo 21. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 600 Ejusdem, ofíciese lo conducente al Registrador Subalterno del Primer Circuito del Estado Vargas. Líbrese oficio. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIO

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ LA…

…SECRETARIA ACC.

SORBEY GUEVARA.
En esta misma fecha, dio cumplimiento a lo ordenado. Y se libro oficio N° 611/06.
LA SECRETARIA ACC.