REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL
Maiquetía, veintidós (22) de noviembre del año dos mil seis (2006)
196° y 147°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2006-000407
PARTE ACTORA: HARRY ANDERSON ECHARRE ESPINOZA, Titular de la Cédula de Identidad Nº 13.225.335
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: MIREYA MONTENEGRO, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el número Nº 71.042.
PARTE DEMANDADA: PANADERIA Y PASTELERIA ELEVEN 11 COFFE, C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYERON
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS LABORALES.
En el día hábil de hoy veintidós (22) de noviembre del año dos mil seis (2006), siendo las once y media meridiam (11:30) a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la apertura de la audiencia preliminar en el presente proceso, comparecieron a la misma, el ciudadano: HARRY ANDERSON ECHARRE ESPINOZA y su apoderada judicial. Dra. MIREYA MONTENEGRO ambas plenamente identificados ut supra. Se deja constancia que la empresa demanda no compareció al presente Acto, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que este Tribunal presume la admisión de los hechos alegados por el actor en su libelo de demanda, en cuanto no sean contrarios a derecho, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; en consecuencia, PRIMERO: Este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS ha interpuesto el ciudadano HARRY ANDERSON ECHARRE ESPINOZA, en contra de la empresa PANADERIA Y PASTELERIA ELEVEN 11 COFFE, C.A. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada empresa: PANADERIA Y PASTELERIA ELEVEN 11 COFFE, C.A.,a pagar a favor del demandante ciudadano HARRY ANDERSON ECHARRE ESPINOZA los conceptos y montos que a continuación se describen. Así se decide
PUNTO PREVIO
Solicita la parte actora el pago de los salarios caídos, por considerar que fue despedido injustificadamente y el pago de las indemnizaciones a que se refiere el articulo 125 de la ley orgánica del trabajo, al respecto este tribunal por tratarse de una acción incompatible con el presente procedimiento declara la improcedencia de dicho pago toda vez que nos encontramos dentro de un procedimiento por cobro de prestaciones sociales y no una calificación de despedido, aunado a lo anterior De autos, no se desprende que la empresa accionada haya despedido al trabajador accionante, así mismo el trabajador reclamante no cumplió con su carga Procesal de demostrar el despido a través de los elementos probatorios que fueron consignados al momento del inicio de la audiencia Preliminar Y ASI SE DECIDE
Montos acordados
NOMBRE: HARRY ANDERSON ECHARRE ESPINOZA
FECHA DE INGRESO: 01/10/2004
FECHA DE EGRESO: 30/06/2006
TIEMPO DE SERVICIO: 1 AÑO/8 MESES, 29 DIAS
SALARIO MENSUAL: 685,000,00
SALARIO BASICO DIARIO: Bs.22.834,00
SALARIO INTEGRAL DIARIO: Bs. 25.688,25
BASE DE CALCULO DEL SALARIO INTEGRAL:
15 DIAS DE BONO VACACIONAL
30 DIAS DE UTILIDADES
CONCEPTOS DIAS SALARIO BOLIVARES
PRESTACION DE DE ANTIGÜEDAD ART. 108 LOT 90 17.333,33
21.666,67
21666,67
22.834,00 2.277.022,50
VACACIONES FRACCIONADAS 33.333 22.834,00 761.125,72
BONO VACACIONAL FRACCIONADO 10 22.834,00 228.340,00
UTILIDADES FRACCIONDAS 15 22.834,00 342.510,00
Días adicionales 2 25.688,25 51.376,50
Intereses sobre prestaciones 273.293,40
TOTAL A PAGAR 3.933.668,12
Tales conceptos y montos condenados, suman la cantidad de BOLIVARES TRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO BOLIVARES CON DOCE CENTIMOS (Bs. 3.933.668,12) SEGUNDO: por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costa. TERCERO: Se declara sin Lugar el pago de los Salarios Caídos reclamados por el demandante así como el pago de las indemnizaciones a que se refiere el articulo 125 de la ley orgánica del trabajo, CUARTO: Se condena al pago de los interés moratorios y la diferencia que arroje la corrección monetaria en los términos establecidos en el articulo 185 de la Ley Orgánica procesal del trabajo conceptos estos cuyo monto será determinado mediante experticia complementaria del fallo que será realizada por el banco central de Venezuela
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Y DEJESE COPIA CERTIFICADA.
LA JUEZ
Dra. GIOCONDA CACIQUE
EL ACCIONANTE Y SU
ABOGADO APODERADO
SECRETARIA
CAROLIN PEREZ
En esta misma fecha se publico y registro la anterior decisión
SECRETARIA
CAROLIN PEREZ
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