REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, 10 de noviembre de 2006
196° y 147°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2006-000215
PARTE ACTORA: NESTOR JOSE CAMACHO COLOMER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. 16.034.478
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JHON MARQUEZ, abogado al servicio de la Procuraduría de Trabajadores del estado Vargas, inscrito en el Inpreabogado No.98.512
PARTE DEMANDADA: SERECA EXPRESS, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYÓ
MOTIVO: COBRO PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS

En el día hábil de hoy, 02 de Noviembre de 2006, siendo las 11:30 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: NESTOR JOSE CAMACHO COLOMER y JHON MARQUEZ, ya identificados. Asimismo, se deja constancia que se presentó ante este Tribunal la abogada FRANCIS ZAPATA RUIZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 63.513, quien compareció en su carácter de apoderada judicial de la empresa “SERENOS RESPONSABLES SERECA”, C.A., y expuso: asumo la relación de trabajo con el demandante en la presente causa”. Seguidamente el demandante manifestó no conocer la empresa “SERENOS RESPONSABLES SERECA”, C.A., y asimismo manifestó que luego de su renuncia no trabajó el preaviso de ley, que su fecha de ingreso fue el día 03/06/2005 y su fecha de egreso fue el día 15/10/2005. Finalmente, siendo las 12:30 p. m., se deja expresa constancia que la parte demandada SERECA EXPRESS, C.A., no compareció a la presente Audiencia ni por sí, ni por medio de apoderado judicial, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal presume la admisión de los hechos alegados por la parte actora en el libelo de la demanda, en cuanto no sean contrarios a derecho; y en tal sentido, una vez revisado el libelo de demanda, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por el ciudadano NESTOR JOSE CAMACHO COLOMER en contra de la empresa SERECA EXPRESS, C.A.,. En consecuencia, por cuanto el Despacho tiene fijados actos posteriores en el día de hoy, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución, actuando con las facultades que le han sido otorgadas en los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se reserva la publicación del texto íntegro de la Sentencia dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha.
LA JUEZ,

DRA. REBECA MARTINEZ LEZAMA


LAS PARTES COMPARECIENTES:

NESTOR JOSE CAMACHO COLOMER

JHON MARQUEZ

FRANCIS ZAPATA RUIZ

LA SECRETARIA,

ABG. NELLY MORENO