REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veintitrés (23) de noviembre del dos mil seis (2006)
196º y 147º
ASUNTO: WP11-L-2006-000372

Vista la sentencia dictada de fecha seis (06) de noviembre del dos mil seis (2006), por este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, mediante la cual declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la acción intentada por la parte actora en el presente proceso y definitivamente firme como a quedado; este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PROCEDE A LA EJECUCIÓN FORZOSA, en consecuencia, DECRETA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLIVARES CON CUARENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 4.424.285, 46), que comprende el doble de la suma condenada a pagar de DOS MILLONES DOSCIENTOS DOCE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS CON SETENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 2.212.142, 73). En caso de embargar cantidades líquidas de dinero el embargo será por la suma condenada a pagar DOS MILLONES DOSCIENTOS DOCE MIL CIENTO CUARENTA Y DOS CON SETENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 2.212.142, 73). Este Tribunal fija para el día veinticuatro (24) de enero del dos mil siete (2007) a la una (1:00 p.m) horas de la tarde, la Practica de la Medida de Embargo. Cúmplase.
LA JUEZ


Dra. REBECA MARTINEZ


LA SECRETARIA

Abg. NELLY MORENO

Parte: “CLEVI 198 CONSTRUCCIONES, C.A”
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales y otros Beneficios.
RM/NM/greo.-
EXP. WP11-L-2006-000372