REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, veintisiete (27) de noviembre del dos mil seis (2006)
196° y 147°
ASUNTO No. WP11-L-2005-000404
Vista la diligencia suscrita por la Profesional del Derecho CRISBEL QUIJADA, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, mediante la cual solicitan al Tribunal se declare desistido el presente procedimiento, por cuanto se le cancelaron las prestaciones sociales de su representado y solicitan se de por terminado la misma, este tribunal HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, dándole efectos de Cosa Juzgada, declarando terminado el proceso ordenando el cierre y el archivo del expediente, de conformidad con lo establecido en el Articulo 3 de la Ley Orgánica Trabajo.
EL JUEZ
Dr. JOSE GREGORIO GONZALEZ
LA SECRETARIA
Abg. MAGJOHLY FARIAS
JGG/MF/greo.-
WP11-L-2005-000404