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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 CIRCUITO JUDICIAL  DEL TRABAJO
 DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
 TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL  TRABAJO
 Maiquetía, veintidós (22) de noviembre de dos mil seis (2006).
 Años y Federación 196º y  147º
 
 ACTA
 
 Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2006-000391
 PARTE ACTORA: NELSON RAFAEL GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº  V-2.897.322
 APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: ROXANA CABELLO abogada al servicio de la Procuraduría de Trabajadores en el Estado Vargas, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 103.642
 PARTE DEMANDADA: “CONSTRUCTORA DIROMAR, C.A.”, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 26 de agosto de 1991, bajo el Nº 3, tomo 96-A,
 APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ANTONIO JOSE RAMOS GASPAR abogado en ejercicio inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 41.964.
 MOTIVO:”COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS”
 
 En el día hábil de hoy miércoles, veintidós (22) de noviembre del año dos mil seis (2006), siendo las doce (12:00 m.) horas del mediodía, oportunidad solicitada por las partes, para que se adelante la presente audiencia preliminar la cual estaba fijada para las dos y treinta minutos (02.30 p.m.) horas de  la tarde, del día de hoy, este Tribunal así lo autoriza y se da inicio a la presente audiencia en su prolongación. Siendo así, se deja constancia que comparecieron NELSON RAFAEL GARCIA parte actora, ROXANA CABELLO Apoderada judicial de la parte actora, y ANTONIO JOSE RAMOS GASPAR apoderado Judicial de la demandada, Seguidamente se deja constancia que las partes han conciliado de manera satisfactoria; donde  la parte demandada acuerda pagarle a la actora los conceptos laborales correspondientes a sus Prestaciones Sociales, discriminados de la siguiente manera: ----------------------------
 NELSON RAFAEL GARCIA
 Fecha de Ingreso	22/03/2006
 Fecha de Despido 	28/04/2006
 Salario Mensual 	    1.071.428,05
 Salario diario	  35.714,28
 Salario diario integral	               49.603,15
 CONCEPTOS	DIAS	MONTOS
 Indemnización Sustitutiva del Preaviso 	15	744.047,25
 Bono de alimentación	37	 185.000,00
 Vacaciones Fraccionadas 	1,25	44.642,85
 Bono Vacacional fraccionado	0,58	20.714,28
 Utilidades Fraccionadas	1,25	    44.642,85
 Horas Extraordinarias 		360.925,77
 TOTAL		1.400.000,00
 Tales conceptos suman la cantidad de BOLIVARES UN MILLON CUATROCIENTOS MIL SIN CENTIMOS (Bs. 1.400.000,00), las partes convienen en finiquitar el presente proceso con el pago de esta suma,  correspondiente a sus prestaciones sociales y otros beneficios; y la misma será cancelada en este acto mediante Cheque Nº 10033407 y Código Cuenta Cliente N° 01050086901086077997, del BANCO MERCANTIL  con fecha 22 de noviembre del 2006, librado a nombre del actor-demandante NELSON RAFAEL GARCIA.       Se deja constancia que visto que la parte demandante fue la única que consignó pruebas al inicio de la Audiencia Preliminar, se le devolvieron en esta audiencia. En este estado ambas partes declaran que nada tienen que reclamarse por los conceptos demandados ni por ningún otro concepto. Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,  visto como es que la conciliación ha sido positiva y que el presente acuerdo no vulneran derechos del Trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES Y LE DA EFECTO DE COSA JUZGADA. Asimismo se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman
 EL JUEZ,
 
 DR. GUSTAVO ROMERO
 LAS PARTES COMPARECIENTES
 
 PARTE ACTORA
 
 APODERADA JUDICIAL DE
 LA PARTE ACTORA,
 
 
 APODERADO JUDICIAL  DE
 LA PARTE DEMANDADA
 
 
 
 LA SECRETARIA,
 
 
 ABG. MAGJOHLY FARÍAS
 EXP. Nº WP11-L-2006-000391
 “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
 Y OTROS BENEFICIOS”
 
 
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