REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EN LO CIVIL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (18) de Octubre del año dos mil seis (2006).-

196° y 147°

Vistas las declaraciones rendidas por los ciudadanos: OMAR JOSE MORENO GONZALEZ y JULIAN RAFAEL ROJAS, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números: 6.492.114 y V-10.786.263 respectivamente, presentados (as) por el (a) (los) (as) ciudadano (a) (os) (as): YSAURA YAJAIRA RADA COLMENARES, los cuales manifestaron en sus declaraciones que los ciudadanos: YSAURA YAJAIRA RADA COLMENARES, YANETTE DELFINA RADA COLMENARES, JOSE GREGORIO RADA COLMENARES, CARLOS ANTONIO RADA COLMENARES y FRANKLIN GREGORIO RADA COLMENARES, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano que en vida respondiera al nombre de MARGARITO CRISPULO RADA este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente a la solicitante. Devuélvase original con sus resultas a la solicitante. Cúmplase.-
LA JUEZ,
EL SECRETARIO

DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM

LENNYS PINTO IZAGUIRRE

En la misma fecha se devuelve original con sus resultas al solicitante, quedando anotado bajo el Nº 3528/06.-

EL SECRETARIO


LENNYS PINTO IZAGUIRRE


ED’AA/LPI/ ana
Exp. N°.3528/06