REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EN LO CIVIL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (04) de Octubre del año dos mil seis (2006).-

196° y 147°

Vistas las declaraciones rendidas por los ciudadanos HECTOR VICENTE HERNANDEZ LEON y ARGENIS RODRIGUEZ RANGEL, presentados por el EDUVIN GONZALEZ PARES, titular (es) de la (s) Cédula (s) de Identidad Números (s). V- 4.119.091, venezolano (a), mayor de edad, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 79.668, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana VIRGINIA DEL CARMEN D’ANDREA DE CONCEPCION, venezolano (a), mayor de edad, civilmente hábil, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 4.561.246, las cuales manifestaron en sus declaraciones que los ciudadanos: VIRGINIA DEL CARMEN D’ANDREA DE CONCEPCION y SIXTO ANTONIO CONCEPCION, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano que en vida respondiera al nombre de SIXTO CONCEPCION CONCEPCION, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente a la solicitante. Devuélvase original con sus resultas a la solicitante. Cúmplase.-
LA JUEZ,


DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO


LENNYS PINTO IZAGUIRRE

En la misma fecha se devuelve original con sus resultas al solicitante, quedando anotado bajo el Nº 3667/06.-

EL SECRETARIO


LENNYS PINTO IZAGUIRRE





ED’AA/LPI/carla.-
Sol. N° 3561-06