REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 17 de Octubre de 2006.
196° y 147°

Vista la diligencia presentada en fecha 10/10/06, por el Dr. MANUEL JOSÉ OYOQUE G., en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual señala lo solicitado en su escrito de fecha 25/09/06, cursante al folio 49, el Tribunal, por cuanto se evidencia que la Inspección Judicial solicitada por la parte actora, fue sobre el inmueble objeto del presente proceso, ubicado en el Sector Vista al Mar, Parroquia Catia La Mar del Estado Vargas, y en virtud de que en el auto de admisión de las pruebas de fecha 04/10/06, se constata que se acordó para las 11:00 a.m., del décimo (10º) día de despacho siguiente, la Inspección Judicial solicitada por la parte demandada sobre el mismo inmueble, este Tribunal, INSTA a la parte actora, a que en el momento de la practica de la misma, se haga presente y haga las observaciones que estime conducente, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 474 del Código de Procedimiento Civil. Y ASÍ SE DECIDE.
LA JUEZ,


Dra. MERCEDES SOLORZANO.
LA SECRETARIA,

YASMILA PAREDES.


MS/YP/wg.
Exp. Nº 6716.