REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 03 de Octubre de 2006.
196° y 147°

Vista la diligencia presentada en fecha 28/09/06, por la ciudadana: FRANCYS MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad N° 7.999.040, Asistida por la Dra. YVONNE VARGAS SIRIT, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 23.347, el Tribunal acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, definitivamente firme como se encuentra dictada la anterior Sentencia por éste Tribunal, se decreta su Ejecución. Expídanse por Secretaría las copias certificadas solicitadas y remítanse dos con Oficios a los Registros Civiles correspondientes, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se requieren los fotostatos respectivos.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,

Dra. MERCEDES SOLORZANO.
YASMILA PAREDES.


En la misma fecha no se expidieron las copias certificadas ordenadas por cuanto no consta en autos los fotostatos requeridos.
LA SECRETARIA,


YASMILA PAREDES.

MS/YP/if.
Exp. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 03 de Octubre de 2006.
196° y 147°

Vista la diligencia presentada en fecha 28/09/06, por la ciudadana: FRANCYS MENDOZA, titular de la Cédula de Identidad N° 7.999.040, Asistida por la Dra. YVONNE VARGAS SIRIT, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 23.347, el Tribunal acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, definitivamente firme como se encuentra dictada la anterior Sentencia por éste Tribunal, se decreta su Ejecución. Expídanse por Secretaría las copias certificadas solicitadas y remítanse dos con Oficios a los Registros Civiles correspondientes, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se requieren los fotostatos respectivos.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,

Dra. MERCEDES SOLORZANO.
YASMILA PAREDES.


En la misma fecha no se expidieron las copias certificadas ordenadas por cuanto no consta en autos los fotostatos requeridos.
LA SECRETARIA,


YASMILA PAREDES.

MS/YP/if.
Exp. N° 6681.