JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.- San Cristóbal, dos de Octubre de dos mil seis.-
196º y 147º
Por recibido por distribución constante de un (01) folio útil, con anexos constante de diez (10) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Visto el escrito presentado por la ciudadana VIVAS ROSAS ANGIE KRISTEL, venezolana, mayor de edad, soltera, de profesión Arquitecto, titular de la Cédula de Identidad No. V-12.517.188, de este domicilio, asistida por el abogado JOSE ARNALDO URBINA OSTOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.435, en el cual expone, que en fecha 10 de Junio de 2006, falleció Ab Intestato la ciudadana HEDDY AMELIA ROSAS MACIAS, quien en vida fuera venezolana, mayor de edad, Educadora, divorciada, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.622.682, tal y como consta en el Acta de Defunción N° 18 de fecha 10 de Junio de 2006, expedida por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Mantecal, Municipio Muñoz del Estado Apure, acompañado de Justificativo de testigos evacuados por ante el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 28 de Julio de 2006. Este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a la ciudadana ANGIE KRISTEL VIVAS ROSAS, ya identificada, y a los ciudadanos, WILSON ELOY VIVAS ROSAS, AMELIA GERALDINE VIVAS ROSAS, BARBARA SKARLET VIVAS ROSAS, todos venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-11.108.303, V-12.517.189, Y V-14.985.524, en su condición de hijos, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la fallecida HEDDY AMELIA ROSAS MACIAS.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales. Expídase copias fotostáticas certificadas solicitadas.-
REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ TITULAR
IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA
Elena
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