REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 4 de octubre de 2006.

196º y 147º

Vista la diligencia de fecha 2 de octubre de 2006 (Fls. 28 al 30), presentada por los abogados DIXON ISAIAS ROMERO URBINA y SAMIA HARB AYOUBI, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de la ciudadana MARÍA LOURDES ZAENZ NIETO, parte demandante en la presente causa, por una parte y por la otra, el abogado CARLOS EDUARDO GAMBOA BARRIOS, titular de la cédula de identidad N° V-3.193.171 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.866, actuando con el carácter de apoderado de la Empresa Sociedad Mercantil CONSTRUYE 2.001 S.A, parte demandada en la presente causa, respectivamente, contentiva del CONVENIMIENTO celebrado por las partes en el presente proceso; este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado al acto y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Conforme a lo solicitado, se levanta la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado en fecha 14 de agosto de 2006. Ofíciese lo conducente al ciudadano Registrador correspondiente. Una vez conste en el expediente la cancelación total de la obligación, el Tribunal procederá a dar por terminado el juicio.

Josué Manuel Contreras Zambrano
Juez Temporal Jocelynn Granados Serrano
Secretaria
JMCZ/mr.-
Exp: 18657
DEMANDANTE: MARÍA LOURDES ZAENZ NIETO DEMANDADO: Empresa Sociedad Mercantil CONSTRUYE 2.001 S.A, en la persona de su Presidente JOSÉ ELOY VERARDI SAAB
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA