JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, diecisiete de Octubre dos mil seis.
196° y 147°
Vista la diligencia de fecha 26 de Octubre de 2006, suscrita por la ciudadana MARY COROMOTO GUTIERREZ, asistida por la Abogada ANGELICA MENDOZA, mediante la cual desisten de la presente solicitud, en consecuencia, ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara con Lugar el Desistimiento, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derecho disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACION de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. YITTZA CONTRERAS BARRUETA.
SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. ROSA ZAMBRANO PRATO
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