JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, seis de Octubre de dos mil seis.

195º y 147º

Recibido por distribución, constante todo de once ( 11 ) folios útiles. Fórmese expediente e inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente, admitiéndose la presente solicitud. Y por cuanto de la revisión de los recaudos presentados se observa, que se encuentran llenos los extremos de Ley, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos CARMEN ROSA BARRIOS de OCHOA y ANTONIO MARIA OCHOA SOTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.- V-2.764.084 y V- 3.197.488 en su orden, domiciliados en San Cristóbal, Estado Táchira; el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano fallecido NACARY IRIMAK OCHOA BARRIOS, quién era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.839.318, soltero; en su carácter de madre y padre del referido ciudadano. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.-
LA JUEZ TEMPORAL

ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA

ABOG. JEINNYS M. CONTRERAS P.