REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 196° y 147°
San Cristóbal, dieciocho (18) de octubre de dos mil seis (2006)
ACTA
ASUNTO N° SP01-L-2006-000202
PARTE ACTORA: HILDELFONZO CARRILLO CUADROS
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE ACTORA: EVELIO CUADROS DUARTE
PARTE DEMANDADA: MATADERO INDUSTRIAL LOS ANDES C.A.
ABOGADO APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DANIEL ELIUT PEREZ CONTRERAS y JUAN RAMÓN BLANCO CONTRERAS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, dieciocho (18) de octubre de 2006, siendo las 3:20 p.m., compareciendo a la Prolongación de la Audiencia Preliminar el demandante ciudadano HILDELFONZO CARRILLO CUADROS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 18.028.843, y su apoderado judicial al abogado EVELIO CUADROS DUARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 88.671, y por la parte demandada el apoderado judicial el abogado DANIEL ELIUT PEREZ CONTRERAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 78.592, según poder autenticado que se agrega en este acto en copia certificada, una vez iniciada la Audiencia Preliminar, concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se logró la siguiente mediación sobre los puntos demandados, la parte actora expuso que realmente laboro para la demandada hasta el día 28 de agosto del 2000, que ya había recibido adelantos por Prestaciones Sociales, por lo cual, queda un saldo por dicho concepto de Prestaciones Sociales de DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 2.000.000,00), así mismo la parte demandada en este acto expone que por concepto GRACIOSO le cancelara al Trabajador la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 10.000.000,00), en razón de haber sido un buen trabajador durante la vigencia de la relación laboral, lo que totaliza la siguiente mediación por la cantidad de: DOCE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 12.000.000,00), los cuales la demandada cancelara al trabajador de la siguiente forma: el día miércoles quince (15) de noviembre de 2006 la demandada cancelará la cantidad de SEIS MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 6.000.000,00), en las instalaciones de este Tribunal; y el día viernes quince (15) de diciembre de 2006 la demandada cancelará la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000.000,00), en las instalaciones de este Tribunal; así mismo la empresa demandada se compromete al día 15 de diciembre de 2006 a emitir y entregar la cantidad de UN MILLÓN DE BOLIVARES (Bs. 1.000.000,00), que es el 50% de la cantidad que se conviene en este acto por concepto de Prestaciones Sociales a nombre de la ciudadana ANA SOFIA ROSALES DE CARRILLO, titular de la Cédula de Identidad N° 3.198.026, y a la orden del Juzgado del Municipio Ayacucho, el cual esta ubicado en la Calle 3, N° 3-3. Colón Estado Táchira, de conformidad con Oficios Nros. 3120-1332 y 3120-1464 de fechas 09 de noviembre y 30 de noviembre de 2004, recibidos por la empresa, con lo cual no quedará saldo pendiente a favor del Trabajador.
En el presente arreglo, las partes manifiestan que quedan en un todo conforme y declaran que nada quedaran a deberse, por concepto de la relación laboral, ni por ningún otro concepto derivado de ella. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, así mismo se ordenará el archivo del presente expediente una vez conste en autos el pago convenido.
En este estado las partes solicitan la entrega de las pruebas por ellos promovidas en la audiencia preliminar inicial, lo cual, es acordado por este Tribunal, haciéndose entrega de las mismas en este acto, estando las partes conformes.
La Juez,
Abg. María Carolina Sánchez Quintero La Secretaria Accidental,
Abg. Martha Isabel Muñoz Pérez
Las Partes,
HILDELFONZO CARRILLO CUADROS EVELIO CUADROS DUARTE
DANIEL ELIUT PEREZ CONTRERAS
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