REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
SALA DE JUICIO


EXPEDIENTE N° 30684


MOTIVO: INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO


SOLICITANTE: MAYERLI CONTRERAS CRUZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 12.252.472, domiciliada en el Barrio La Popita calle 11 vereda 13 casa N° 13-52 Municipio Bolívar del Estado Táchira.


EN BENEFICIO: ADOLESCENTE YORVI ALEXANDER AGUIRRE CONTRERAS, venezolano, de trece (13) años de edad, nacido en fecha 09 de Abril de 1993.


Con escrito de fecha 28 de Julio del 2004 la ciudadana MAYERLI CONTRERAS CRUZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 12.252.472 asistida por la Abogada SOLANGE ARIAS DURAN en su carácter de Defensora Pública de Protección, solicitó se ordenara la Inserción de la Partida de Nacimiento de su hijo el adolescente YORVI ALEXANDER AGUIRRE CONTRERAS manifestando que el mismo nació en el Hospital General Dr. Samuel Darío Maldonado del Municipio Bolívar en fecha 09 de Abril de 1993.

Anexa a la solicitud: Certificación de nacimiento, control de vacunas, constancia expedida por la Prefectura del Municipio Bolívar, por el Registrador Principal del Estado Táchira y copia fotostática de la cédula de identidad de la solicitante.

Por auto de fecha 02 de Agosto del 2004 se admitió la solicitud y se acordó oficiar al Director del Hospital Samuel Darío Maldonado a los fines de que remitan Boleta de nacimiento del adolescente YORVI ALEXANDER AGUIRRE CONTRERAS; oír al ciudadano LUIS ALEXANDER AGUIRRE y la notificación de la Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira.

En fecha 05 de Agosto de 2004, constó en autos boleta de notificación debidamente firmada por la Fiscal XIII Especializado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira. En fecha 24 de Agosto del 2004 se recibió oficio procedente del Hospital General Dr. Samuel Darío Maldonado de San Antonio del Táchira en la cual remiten constancia de nacimiento de YORVI ALEXANDER. En fecha 07 de Agosto del 2006 se presentó el ciudadano LUIS ALEXANDER AGUIRRE, colombiano, titular de la cédula de ciudadanía N° 88.190.018 y manifiesto ser el padre del adolescente YORVI ALEXANDER quien nació en fecha 09 de abril de 1993 en el Hospital de San Antonio del Táchira. Al folio (08) cursa copia de la cédula de ciudadanía del padre del adolescente YORVI ALEXANDER.

Cumplido lo acordado esta juzgadora pasa a decidir tomando en cuenta las siguientes consideraciones:

La ciudadana MAYERLI CONTRERAS CRUZ, arriba identificada solicito que se ordene a la Prefectura correspondiente el levantamiento de la partida de nacimiento de su hijo el adolescente YORVI ALEXANDER AGUIRRE CONTRERAS, manifestando que nació en fecha 09 de Abril de 1993 en el Hospital General Dr. Samuel Darío Maldonado de San Antonio del Estado Táchira.

Ahora bien, observa esta juzgadora que el articulo 32 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela numeral primero, establece: “Son venezolanos por nacimiento: 1. Toda persona nacida en territorio de la República….”. En garantía de los derechos consagrados en el artículo 22 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente el cual señala que “Todos los niños y adolescentes tienen derecho a obtener los documentos públicos que comprueben su identidad...”. Y por cuanto de las actas anteriormente valoradas quedó comprobado el nacimiento del adolescente YORVI ALEXANDER AGUIRRE CONTRERAS en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela lo procedente es declarar CON LUGAR la presente solicitud y así se decide.

En consecuencia, esta Juez Unipersonal No. 1 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud formulada por la ciudadana MAYERLI CONTRERAS CRUZ, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 12.252.472. En consecuencia, se ordena la inscripción en los libros de Registro Civil de nacimientos llevados por el Registrador Civil del Municipio Bolívar del Estado Táchira del adolescente YORVI ALEXANDER AGUIRRE CONTRERAS, nacido en fecha 09 de Abril 1993 en el Hospital General “Dr. Samuel Darío Maldonado” de San Antonio del Estado Táchira, hijo de los ciudadanos: LUIS ALEXANDER AGUIRRE Y MAYERLI CONTRERAS CRUZ, colombiano y venezolana, identificados con cédula de ciudadanía Nro. C.C. 88.190.018 y C.I. N° V- 12.252.472, respectivamente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 506 del Código Civil, se acuerda remitir copia certificada de la presente decisión al Registrador Civil del Municipio Bolívar del Estado Táchira, a los fines de que se levante la Partida de Nacimiento utilizando el texto ordinario establecido en el artículo 448 del Código Civil. Igualmente ofíciese lo conducente al Registro Civil del Consejo Electoral Nacional, ubicado en la ONIDEX, modulo 11 La Castra.

Publíquese, Regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, en San Cristóbal a los treinta (30) días del mes de Octubre del año dos mil seis. Años 195ª de la Independencia y 146ª de la Federación.


ABG. INDIRA RUIZ USECHE
Jueza Unipersonal No.1


ABG. ANDREINA DUQUE CASIQUE Secretaria

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las once y treinta de la mañana, dejándose copia certificada de la misma para el archivo del Tribunal y se libraron oficios Nro. 2945 y 2946.-

Exp. Nro. 30684.-
Carolina M.