San Cristóbal, 06 de NOVIEMBRE de 2006
195º y 146º

Visto el presente procedimiento de AUTORIZACIÓN COBRO DE BENEFICIOS, solicitado por la ciudadana JOHANA ANDREINA BELEÑO MORENO, titular de la cédula de identidad Nro. V.-16.778.062, en beneficio de su hija, la niña JOHANDRY BRIGITTE SUAREZ BELEÑO, hija, de quien en vida se llamara FRANKLIN SUAREZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad V.-15.156.473, falleció el día 14 de mayo del año 2006, en la vía el Nula, según consta del Acta de Defunción anexa, Nro. 44, del 18 de mayo del 2006 y laboraba como funcionario policial en la Policía del Táchira (POLITACHIRA). Se acuerda dejar sin efecto lo requerido en cuanto a la planilla sucesoral Y por cuanto se ha cumplido con todo lo requerido en el Auto de Admisión; y en cumplimiento del artículo 177 Parágrafo Segundo, literal a), de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente que dice:
“…Parágrafo Segundo: Asuntos patrimoniales y del trabajo: a) Administración de los bienes y representación de los hijos;…”,
este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley concede AUTORIZACIÓN a la ciudadana JOHANA ANDREINA BELEÑO MORENO, titular de la cédula de identidad Nro. V.-16.778.062, para que en nombre y representación de su hija la niña JOHANDRY BRIGITTE SUAREZ BELEÑO, tramite todas las gestiones tendentes a lograr el Cobro de Beneficios que le pudiere corresponder por Ley a la mencionada niña, por ante los organismos públicos o privados competentes respectivos, por la muerte del de cujus FRANKLIN SUAREZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad V.-15.156.473. Es de advertir que los beneficios correspondientes a la niña JOHANDRY BRIGITTE SUAREZ BELEÑO, deben ser remitidos a este Despacho en un cheque a nombre de este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, para ser agregado al expediente Nro. 43748 de Autorización Cobro de Beneficios, para su posterior entrega a la beneficiaria

Expídase Autorización a la parte interesada para cumplir con los efectos legales correspondientes, y déjese copia para el archivo del Tribunal.-