JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.

196° y 147°

Visto el contenido del acta suscrita ante este Juzgado, en fecha 25-02-1999, donde el abogado JULIO ARSENIO MORA CUELLAR, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 17.274 en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS ENRIQUE MARTINEZ BECERRA, colombiano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-81.142.444 en su carácter de parte demandante, por una parte y por la otra la ciudadana MARIA GLORIA BENITEZ HORMENZA, colombiana, mayor de edad, soltera, oficios del hogar, titular de la cédula de identidad, N° E-81.861.274, en su carácter de parte demandada, asistida por el abogado JUAN JOSÉ MOLINA CAMACHO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 35.097, en la que manifiestan su intención de CONVENIR en la demanda; por cuanto dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. El Juez Temporal (fdo) GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR, la Secretaria (fdo) MARIA E. VILLAMIZAR DE GALVIS. Hay sello húmedo del Tribunal.