REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 23 de octubre de 2006.
196º y 147º
Visto el contenido de la diligencia suscrita por la ciudadana ANA LISBETH GONZÁLEZ DEPABLOS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-12.992.984, en su carácter de demandante, mediante la cual DESISTE del presente procedimiento por cuanto llegó a un acuerdo amistoso con el padre de su hija y solicita se archive el expediente; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACIÓN, dejando a salvo el derecho que tiene la ciudadana ANA LISBETH GONZÁLEZ DEPABLOS, de intentar nuevamente la presente acción, dado el carácter de ORDEN PÚBLICO, IMPRESCRIPTIBLE, INALIENABLE y de CRÉDITO PRIVILEGIADO que tiene el derecho que se reclama (Obligación Alimentaría). Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente. Una vez conste en autos la notificación del Fiscal Especializado, archívese el expediente.
La Jueza Temporal,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
La Secretaria,
ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) _____________, quedó registrado bajo el N° _________, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y se libró Boleta de Notificación al Fiscal.
Abg. MAURIMA MOLINA COLMENARES/Secretaria
Exp. Nº 1355-2006
Mcmc.-
Sin enmienda