REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA
San Cristóbal, 31 de octubre de 2006
196 y 147
Visto el escrito presentado por el Fiscal (A) Cuarta del Ministerio Público de la causa signada con el Número 20-F4-433-05, mediante la cual solicita la extinción de la acción penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 48, ordinal 8 del Código Orgánico Procesal Penal, Este Tribunal para decidir observa:
De la revisión efectuada a todos y cada una de las actuaciones que conforman la presente causa, se evidencia que el hecho que dio origen a la presente averiguación, lo constituye el delito de LESIONES PERSONAES, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal. Hecho ocurrido en fecha 20-03-2005, de lo cual se observa que hasta la presente fecha 30-10-2006, a transcurrido un tiempo de UN ANO, 07 MESES, 11 DÍAS, siendo procedente la solicitud fiscal por encontrarse ajustada a derecho y este Tribunal procede a decretar el sobreseimiento de la causa, conforme a lo establecido en el artículo 318, ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE:
DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DECIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, en la presente causa seguida a RIVER RIVAS, por estar incurso en la comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418, del Código Penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 48, ordinal 8 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3 ejusdem. Notifíquese a las partes. Remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial una vez transcurrido el lapso de ley legal.
EL JUEZ DECIMO DE CONTROL
ABG. MARCOS RAUL CASTILLO VELANDIA
ABG. JOSE MAURICIO MUÑOZ MONTILVA
SECRETARIO