República Bolivariana de Venezuela
Tribunal Quinto de Primera Instancia en Función Control
Circuito Judicial Penal del Estado Vargas
EN SU NOMBRE

Macuto, 03 de octubre de 2006
196° y 147°
CAUSA N° WP01-P-2006-3452
JUEZ: YARLENY MARTIN B.
SECRETARIO: JORGE NOVOA
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: SUYIN PINO
DEFENSA PÚBLICA: ANA CECILIA MILLAN
IMPUTADA: YASMIRA JOSEFINA NARVAEZ


DISPOSITIVA
Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: Se decreta la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con los artículos 280 Y 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta la PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a la ciudadana YAZMIRA JOSEFINA NARVAEZ, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, Estado Vargas, nacida en fecha 25/02/1960, de 46 años de edad, de estado civil Soltera, de profesión u oficio Cocinera, hija de Verónica Narváez (F) y de Pedro Rancel (F), titular de la cédula de identidad N° V-6.795.202, residenciada en Los Roques, Calle La Lagunita, Casa N° 174, de conformidad con los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el tráfico ilícito y el consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas TERCERO: Se ordena como sitio de reclusión el Instituto Nacional de Orientación Femenina. CUATRO: Se niega la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva, por existir peligro de fuga, conforme al artículo 251, ordinales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal. QUINTO: Se acuerdan las copias solicitadas por la defensa.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la presente sentencia interlocutoria.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL


DRA. YARLENY MARTIN B.
EL SECRETARIO

ABG. JORGE NOVOA