REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 23 de Octubre de 2006
196° y 147°
Vista la diligencia que antecede, suscrita por el Dr. ANTONIO GARCIA TAPIA, plenamente identificado en autos, actuando en su propio nombre y representación , este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, decreta la Ejecución Forzosa de la Sentencia dictada por éste Juzgado en fecha 14 de Agosto de 2006, en concordancia con lo contenido en la diligencia de fecha 27/09/06, suscrita por el mismo actor, en inserta al folio 31 del presente expediente, conforme a la cual renunció al monto condenado en el particular Tercero del dispositivo de dicho fallo, en consecuencia, decreta Medida Ejecutiva de Embargo, sobre bienes propiedad de la parte demandada hasta cubrir la cantidad de Nueve Millones Doscientos Mil Bolívares (Bs. 9.200.000,00), suma esta que comprende el doble del monto condenado en el particular Segundo del dispositivo de la misma. Advirtiéndosele, que si la medida recayera sobre sumas de dinero, la suma a embargar, será la cantidad de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.4.600.000,oo). Para la práctica de la medida se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas de Municipio de ésta Circunscripción judicial. Lìbrese Mandamiento de Ejecución. Lìbrese Oficio.
LA JUEZ PROVISORIO

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ

LA SECRETARIA ACC

SORBEY GUEVARA

En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado. Se libró Oficio N° 583-06-
LA SECRETARIA ACC.