REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
DEL ESTADO VARGAS
Maiquetia, 09 de octubre de 2006
197º y 146º
Vista la apelacion interpuesta por la DRA. ROSA MARIBEL AGUILERA, en su caracter de Apoderado de la Parte Actora, dejando a salvo lo cocerniente al pronunciamiento del Tribunal para orila, considera pertinente este Juzgador advertir a las partes, que en virtud de la Resoluciòn Nº 2006-00046, de fecha 2 de agosto de 2006, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, qe se refiere al Receso Judicial, se determino expresamente la suspension de los lapsos procesales. dentro de los cuales no puede excluirse el Sentencia que se encontraba corriendo para el momento en que se publico la sentencia objeto de apelacion, en consecuencia previa revision de los lapsos en el presente procedimiento, conforme al calendario de dias de despacho del Tribunal, tenemos que el lapso de sentencia en el presente juicio se inicio el 26/07/06, interrmpido el 14/08/06, el lapso de sentencia concluye el 26/10/06.
LA JUEZ

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
LA SECRETARIA ACC.

SORBEY GUEVARA