REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, diecisiete (17) de Octubre del año dos mil seis (2.006)
195º y 147º
ASUNTO: WP11-L-2006-000220

Visto que como consecuencia del incumplimiento de la parte demandada a la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 02/10/2006, y vencido como se encuentra el lapso para que la parte demandada cumpliera con el fallo de la misma, en consecuencia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal Del Trabajo, se Procede a la Ejecución Forzosa. se, Decreta Medida de Embargo Ejecutivo sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de Dos Millones Trescientos Ochenta Mil Cuatrocientos Noventa y Nueve Bolívares con Sesenta y Tres Céntimos (Bs. 2.380.499,63) que comprende el doble de la suma condenada, es decir, de Un Millón Treinta y Cuatro Mil Novecientos Noventa y Nueve Bolívares con Ochenta y Cuatro Céntimos (Bs. 1.034.999,84), más la cantidad de Trescientos Diez Mil Cuatrocientos Noventa y Nueve Bolívares con Noventa y Cinco Céntimos (Bs. 310.499,95) correspondientes al 30 % por costas de ejecución. En caso de embargar cantidades líquidas de dinero el embargo será por la suma condenada Un Millón Treinta y Cuatro Mil Novecientos Noventa y Nueve Bolívares con Ochenta y Cuatro Céntimos (Bs. 1.034.999,84), más la cantidad de Trescientos Diez Mil Cuatrocientos Noventa y Nueve Bolívares con Noventa y Cinco Céntimos (Bs. 310.499,95) correspondientes al 30% por costas de ejecución; este Tribunal fija como oportunidad para la práctica de la medida el día seis (06) de Diciembre del año dos mil seis (2006) a la una de la tarde (01:00 p.m.). Cúmplase.
LA JUEZ

Dra. REBECA MARTINEZ
LA SECRETARIA

ABG. NELLY MORENO

Partes: DELFIN BENITO ESCARIHUELA MEDINA vs. MORALES 2004 NAUTISERVICIOS, C.A.
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Beneficios.
RM/NM/Nohemi