REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, 05 de Octubre de 2006
196° y 147°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2006-000209
PARTE ACTORA: DAYANA COROMOTO BRITO VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. 14.472.045
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYO, PARTE DEMANDADA: SERVICIOS AGECOM, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: EDGAR BLANCO, inscrita en el Inpreabogado No. 81.555.
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO.-

En el día hábil de hoy, 05 de Octubre de 2006, siendo las once y treinta (11:30 a.m.) horas de la mañana, día y hora fijados para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano: EDGAR BLANCO, ya identificado. En este estado, siendo las 12:00 m., se deja expresa constancia que la parte demandante no compareció al presente acto, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 196° y 147°
LA JUEZ,


DRA. REBECA MARTINEZ LEZAMA
LAS PARTES COMPARECIENTES:


EDGAR BLANCO


LA SECRETARIA,


ABG. NELLY MORENO