REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Vargas
Maiquetía, dos (02) de Octubre del año dos mil seis (2006).
196° y 147°
ASUNTO: WP11-S-2006-000263
Vista la diligencia de este misma fecha, suscrita por el Ciudadano CARLOS ALBERTO ALVARADO NAVARRO, titular de la Cedula de Identidad N° 9.996.260, actuando en su carácter de parte actora, debidamente asistido por la Profesional del Derecho ROXANA CABELLO, abogada al servicio de la Procuraduría de Trabajadores en el Estado Vargas, mediante la cual desiste del presente procedimiento, por cuanto al empresa le cancelo concerniente a las Prestaciones Sociales la cantidad de Veinte Millones de Bolívares (Bs. 20.000.000,00); este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, visto que no se vulneran derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO de la parte actora, en los términos expuestos, dándole efectos de Cosa Juzgada y declara terminado el proceso y ordena el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase lo ordenado.-
EL JUEZ
Dr. JOSE GREGORIO GONZALEZ
LA SECRETARIA
ABG. MAGJOHLY FARIAS.
JGG/MF/nohemi.
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