REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, miércoles (04) de octubre de dos mil seis (2006).
Años y Federación 196º y 147º

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2006-000236
PARTE ACTORA: ORANA ELENA AULAR COLINA, titular de la cédula de identidad Nº V-16.755.532
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: JHON MARQUEZ abogado al servicio de la procuraduría de trabajadores en el Estado Vargas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 98.512
PARTE DEMANDADA: “INVERSIONES HERNANDEZ PEREIRA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 29 de agosto del 2003, bajo el Nº 68, Libro A-5,
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NERGAN ANTONIO PEREZ BORJAS inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 58.697
MOTIVO:”COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES”

En el día hábil de hoy miércoles cuatro (04) de octubre del año dos mil seis (2006), siendo las dos (02:00 p.m.) horas de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar se deja constancia que se encuentran presentes los ciudadanos: ORANA ELENA AULAR COLINA parte actora, JHON MARQUEZ Apoderado Judicial de la parte actora, también compareció el profesional del derecho: NERGAN ANTONIO PEREZ BORJAS, Apoderado Judicial de la empresa demandada “INVERSIONES HERNANDEZ PEREIRA, C.A., todos identificados ut-supra. Celebrada como ha sido la Audiencia, se deja constancia que las partes han conciliado y reconocen que sí existió una relación laboral que los unió, de la cual se derivan los conceptos que se señalan a continuación y que se le adeudan a la trabajadora demandante: --------------------------------------------------------------------
Fecha de ingreso 30/07/2004
Fecha de Egreso 14/01/2005
Tiempo de Servicio 04 meses y 14 días
Salario mensual 300.000,00
Salario diario 10.000,00
Salario diario Integral 10.611,10
CONCEPTOS MONTOS
Antigüedad Art. 108 LOT 159.166,56
Vacaciones Fraccionadas 50.000,00
Utilidades Fraccionadas 50.000,00
Indemnización por despido 106.111,00
Indemnización Sustitutiva de preaviso 159.166,56
Bono vacacional 23.333,33
Salarios caídos 752.222,55
TOTAL 1.300.000,oo
Tales conceptos suman la cantidad de UN MILLON TRESCIENTOS MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (Bs. 1.300.000,oo), monto este que la parte demandada a los fines de ponerle fin a la controversia planteada, y llegar a un acuerdo amistoso, paga en este acto a la parte actora-demandante por sus Prestaciones Sociales y salarios caídos, y lo hace mediante cheque Nro: 32500239, de fecha 04-10-2006, por la cantidad de Bs. 1.300.000,oo del Banco BANESCO, girado contra el Código Cuenta Cliente Nº 01340225662253083495, a nombre de la extrabajadora ORANA ELENA AULAR COLINA, quien recibe con entera satisfacción. Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, visto como es, que la mediación ha sido positiva y que el presente acuerdo no vulneran derechos de la extrabajadora, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES Y LE DA EFECTO DE COSA JUZGADA, razón por la cual se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,

DR. GUSTAVO ROMERO.
LAS PARTES COMPARECIENTES,

PARTE ACTORA

APODERADO JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA


APODERADO JUDICIAL DE
LA EMPRESA DEMANDADA,


LA SECRETARIA,

ABG. NELLY MORENO
EXP. Nº WP11-L-2006-000236
“COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES”