REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, viernes (06) de octubre de dos mil seis (2006)
196° y 147°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2006-000199
PARTE ACTORA: ROSALINDA DOMINGUEZ VILLEGAS venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-15.545.745
PARTE DEMANDADA: “NES ADUANAS, C.A.”
MOTIVO: “CALIFICACION DE DESPIDO”

En el día hábil de hoy, viernes seis (06) de octubre del dos mil seis (2006), siendo las once y treinta minutos (11:30 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio o apertura de la Audiencia Preliminar; se deja constancia de la incomparecencia de las partes, ni por si, ni por medio de apoderados judiciales alguno. Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo, visto como es que sin la presencia de las partes quedaría desvirtuado el principio de la inmediación, declara EXTINGUIDO el proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 11 en concordancia con el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
EL JUEZ,

DR. GUSTAVO ROMERO.
LA SECRETARIA


ABG. MAGOHLY FARÍAS.



Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2006-000199