REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, nueve (09) de Octubre de dos mil seis (2006)
195° y 146°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2006-000226
PARTE ACTORA: CARLOS JOSE BRANDO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.610.879.
ABOGADA ASISTENTE: ROXANA YANETH CABELLO, Abogada en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el número: 103.642 y titular de la cédula de Identidad N° 11.640.395.
PARTE DEMANDADA: “ASERCA AIRLINES, C.A
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA, VALENTINA MARIA RODRIGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 52.321
MOTIVO: “CALIFICACION DE DESPIDO.”
En el día hábil de hoy, nueve (09) de octubre del dos mil seis (2006), siendo la una y treinta (01:30 p.m.) horas de la tarde, se deja constancia de que las partes solicitan al Tribunal se adelante la celebración de dicha audiencia, en este estado el Tribunal acuerda lo solicitado. Se da inicio a la Audiencia Preliminar, en donde comparecieron a la misma el ciudadano CARLOS JOSE BRANDO GONZALEZ, en su carácter de parte actora; la profesional del derecho ROXANA YANETH CABELLO, en su condición de Abogada Asistente de la parte actora y VALENTINA MARIA RODRIGUEZ, apoderado judicial de la parte demandada; ambos plenamente identificados. Dándose inicio al acto, la parte demandada manifiesta la Persistencia en el Despido e igualmente presenta Cheque Original No. 56322114 a nombre del ciudadano CARLOS BRANDO, por la cantidad de Bs. 28.811.715,22, con la finalidad de hacer entrega a la parte actora, asimismo consigna copias fotostáticas del referido cheque y de la liquidación de contrato de trabajo. La parte actora recibe conforme en este acto el referido cheque y asimismo manifiesta de manera voluntaria que desiste en este acto del presente procedimiento, en consecuencia, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TÉRMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ,
DR. GUSTAVO ROMERO
LAS PARTES COMPARECIENTES,
PARTE ACTORA
ABOGADA ASISTENTE DE
LA PARTE ACTORA,
APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA,
LA SECRETARIA,
ABG. MAGJOHLY FARÍAS
EXP. Nº WP11-S-2006-000226
“CALIFICACION DE DESPIDO.”
|