REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, veintiséis (26) de Septiembre de dos mil seis (2006)
196° y 147°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000493
PARTE ACTORA: DARLING YAMELD HERNÁNDEZ IZAGUIRRE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 7.992.905.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MARÍA DOS SANTOS DE FREITES, abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO, bajo el N° 32.994.
PARTE DEMANDADA: “AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C. A.”
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JOHN ADRIAN DONZELLA RIERA, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO, bajo el N° 81.343.
MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS”.

En el día hábil de hoy, martes veintiséis (26) de septiembre del 2006, siendo la una (01:00 p.m.) hora de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia que se encuentran presentes los ciudadanos MARÍA DOS SANTOS DE FREITES y JOHN ADRIAN DONZELLA RIERA, plenamente identificados. Luego de iniciado el acto las partes han llegado a los siguientes acuerdos: PRIMERO: La parte demandada ofrece pagarle a la parte demandante la cantidad de SEIS MILLONES SETENTA MIL CIENTO TRES BOLÍVARES CON TRES CENTIMOS (Bs.6.060.103, 03), por los conceptos que a continuación se relacionan: Tiempo de servicio: 01 años, 07 meses, 10 días. Salario Básico Mensual Bs.448.500, 00, Salario Integ. Mensual Bs. 533.216,67 Salario Diario Integral: Bs. 17.773,89, Cargo: Auxiliar de abordo.

CONCEPTOS MONTOS
Preaviso (Art. 125 LOT), 60 Días Bs. 1.066.433,33
Bono vacacional fraccionado, año 99-00, 4,67 días Bs. 69.766,67
Vacaciones fraccionadas, año 99-00, 9,33 días Bs. 139.533,33
Utilidades (3 meses), 15 días Bs. 224.250,00
Pres. Antig. (Art. 125 LOT), 60 días Bs. 1.066.433,33
Dif. Int/ Prest. Sociales (ene/00 – jun/00) Bs. 102.607,07
Dif. Prestación de Antigüedad (Art. 108), Bs. 1.866.285,68
Total Prestaciones Sociales Bs. 3.935.309,42
Intereses sobre Prestaciones Bs. 2.124.793,61

Dichos Conceptos suman la cantidad de SEIS MILLONES SETENTA MIL CIENTO TRES BOLÍVARES CON TRES CENTIMOS (Bs.6.060.103, 03), para ser cancelados el día veintiséis (26) de octubre de 2006, y la parte demandante, acepta la oferta presentada, y conviene que con la suma pactada, quedan satisfechos todos los conceptos demandados en el libelo de la demanda, no quedando a deber ni estos ni ningún otro concepto derivado del vínculo laboral que los unió, y ambas partes convienen que dejarán constancia de dicho pago en el expediente. SEGUNDO: Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Asimismo, se deja constancia que las pruebas aportadas por las partes al inicio de la audiencia les han sido devueltas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

DRA. IMPERIO SALAZAR YÉPEZ

LAS PARTES COMPARECIENTES:

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,


LA SECRETARIA,

ABG. NELLY MORENO
Nº Exp. WP11-L-2005-000493