REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

195° y 146°

EXPEDIENTE: Nro. 9590

MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

PARTE SOLICITANTE: ciudadana, MARGARITA MERCHAN venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titulare de la cédula de identidad número V- 5.477.614.

Comienza el presente procedimiento, mediante demanda formulada por la ciudadana MARGARITA MERCHAN, titular de la cédula de identidad N°. 5.477.614, debidamente asistida por la profesional del derecho SONIA MARIA PRESILLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 54.292.

Mediante diligencia de fecha 14 del presente mes y año, la parte demandante ya identificada, debidamente asistida por la profesional del derecho, SONIA MARIA PRISILA, desistió del procedimiento.

En la oportunidad para decidir, el Tribunal lo hace previas las consideraciones siguientes:

El artículos 263 del Código de Procedimiento Civil establece:

“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante, desistirpa de la demanda y el demandado convenir en ella...”


En tal virtud el Tribunal, por cuanto el desistimiento suscrito por la parte solicitante no es contrario al orden público, a las buenas costumbres, ni a disposición expresa de la Ley, de conformidad con la norma antes transcrita HOMOLOGA el Desistimiento del procedimiento, suscrito por la parte demandante, lo da por consumado y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Y así se establece.-

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, a los veintiún (21) días del mes de septiembre del año dos mil seis (2006). Años 196 de la Independencia y 147 de la Federación.-
LA JUEZ.,


DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM


EL SECRETARIO,


LENNYS PINTO IZAGUIRRE





EEDAA/LPI/ana
Exp. 9590