REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EN LO CIVIL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, ( 28) de septiembre del año dos mil seis (2006).-

196° y 147°

Instruida como ha sido la presente solicitud, presentada por el ciudadano PEDRO ALEJANDRO ROJAS PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 3.608.281 y consignado como ha sido original del documento de propiedad debidamente protocolizado ante el Registro Inmobiliario Segundo Circuito del Municipio Vargas, del Estado Vargas, Catia la Mar, en fecha (1) de marzo de (2006) bajo el No. 41, Protocolo Primero, Tomo 09, trimestre primero del año en curso del cual se desprende que el solicitante es el propietario del terreno sobre el cual se encuentran construidas las bienhechurías objeto de la presente solicitud, el Tribunal en todo caso dejando a salvo los derechos de terceros, lo declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE para asegurar la posesión o algún derecho del solicitante de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas.-Cúmplase.
LA JUEZ


DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM EL SECRETARIO


LENNYS PINTO IZAGUIRRE


En esta misma fecha se ordena devolver original con sus resultas, quedando anotado bajo el Nro. 3375-06.-

EL SECRETARIO

LENNYS PINTO IZAGUIRRE




ED’AA/LPI/m
TS No. 3375-06