REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 26 de Septiembre de 2006.
196° y 147°
Visto el anterior escrito de demanda por EJECUCION DE CONVENIMIENTO y los recaudos consignados, presentados por los ciudadanos MARBELYS JOSEFINA YANEZ Y JOSE RAFAEL ROJAS MARTINEZ, mayores de edad, de éste domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.485.428 y 9.997.642, respectivamente, debidamente asistidos por la abogado ANA HORTENCIA ALMEIDA PAREDES, e inscrita en el Inpreabogado Nº 52.447, el Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, la admite, désele entrada y anótese en el libro respectivo, en consecuencia, se emplaza al demandado ciudadano WILMER ERNESTO GUILLEN MARIN, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. 6.469.046, para que comparezca por ante éste Tribunal, dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su citación, entre las horas comprendidas de 8:30 a.m a 3:30 p.m, a fin de que de contestación a la demanda. Compulsese el libelo de la demanda y con su orden de comparecencia al pie entréguese a la Alguacil del Tribunal para que practique la citación.
LA JUEZ,
DRA. MERCEDES SOLORZANO LA SECRETARIA
YASMILA PAREDES
En la misma fecha se admitió y se le dio entrada bajo el Nº 6868, no se libró la compulsa de citación por cuanto no consta en autos los fotostatos respectivo.
LA SECRETARIA
YASMILA PAREDES.
MS/YP/yanira.
Expediente 6868.