JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, veintiséis de septiembre de dos mil seis.-
196º y 147º

Vista la diligencia de fecha 21 de septiembre de 2006, suscrita por el abogado NELSON WLADIMIR GRIMALDO HERNANDEZ, inscrito en el Inprebogado, bajo el N° 53.375, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte Demandante, denominada inicialmente CAJA FAMILIA ENTIDAD DE AHORRO Y PRESTAMO, BANCO UNIVERSAL, cuya denominación social cambió a “UNIBANCA BANCO UNIVERSAL, C. A.”; transformado posteriormente por fusión con el BANCO UNION, C. A., a “UNION CAJA FAMILIA BANCO UNIVERSAL” , modificada luego su denominación a “UNIBANCA BANCO UNIVERSAL, C.A.” y, finalmente por fusión quedó denominada “BANESCO BANCO UNIVERSAL, C. A., anexo a la cual consigna copia fotostática del documento contentivo de Transacción, debidamente autenticado por ante la Notaría Pública Primera de San Cristóbal, en fecha 30 de junio de 2006, , por medio del cual los ciudadanos HENDER EMILIO RUIZ ULLOA, BETTY ELIZABETH ZAMBRANO DE RUIZ, parte demandada y, BANESCO BANCO UNIVERSAL, parte demandante, realizaron la reestructuración del crédito demandado en la presente causa, de conformidad con lo decidido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha.24 de enero de 2002, aclarada mediante decisiones de fechas 21 de febrero de 2002, 25 de mayo de 2002, 16 de diciembre de 2003 y 30 de agosto de 2004, quedando acordado entre las partes, no deberse nada por concepto de costas procesales generadas en el juicio y, que cada una de las partes, asumirá las costas del proceso judicial. Y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles se le imparte la Homologación de Ley y se acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. Así mismo, se da por terminado el presente juicio y se LEVANTA LA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada por este Tribunal, en fecha 19 de febrero de 2001. Notifíquese lo conducente al Registrador Subalterno Jurisdiccional.-
LA JUEZ TITULAR

REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
LA SECRETARIA

IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ