REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRASNITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 26 de septiembre de 2006.-
196° Y 147°
Vista la diligencia anterior de fecha 25 de septiembre de 2006 (f.7) presentada por los ciudadanos MIGUEL ANGEL ZAMBRANO MOGOLLÓN y BRÍGIDA VELASCO CÁRDENAS, con cédulas de identidad No. V-3.622.220 y V-5.025.178, debidamente asistidos de abogado, solicitantes en la presente causa en la cual manifiestan que por cuanto ha habido reconciliación entre los solicitantes, piden sea anulado el auto de fecha 03 de marzo de 2006 en donde se decreta la separación de cuerpos, éste Tribunal de conformidad con el artículo 194 del Código de Procedimiento Civil declara terminado el procedimiento y se ordena el archivo del expediente. El Juez Temporal. Josué Manuel Contreras Zambrano (fdo.). La Secretaria. Jocelynn Granados (fdo.; hay sellos húmedos del Tribunal y del Libro Diario del Tribunal). JMCZ/cm.-. Exp. 18.338
la suscrita Secretaria del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil CERTIFICA: la exactitud de la información que antecede la cual es traslado fiel y exacto tomado del expediente No. 18.338 de la SEPARACIÓN DE CUERPOS solicitada por MIGUEL ÁNGEL ZAMBRANO MOGOLLÓN y BRÍGIDA VELASCO CÁRDENAS. Fecha de entrada: 03 de marzo de 2006. Autorizadas por el ciudadano Juez Temporal y certificadas por la persona que suscribe para su archivo en el Tribunal. San Cristóbal, 26 de septiembre de 2006