este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos AURELIO JESÚS GALAN VIVAS y FRANCISCO JAVIER GALAN VIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.209.637 y V-9.242.493, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la fallecida ciudadana ELIA TERESA VIVAS DE GALAN, quien era venezolana, mayor de edad, con cédula de Identidad Nº V-2.135.555, en su carácter de hijos. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse originales de las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
LA SECRETARIA

ABOG. JEINNYS MABEL CONTRERAS P.