REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
San Cristóbal Estado Táchira, jueves 28 de septiembre de 2006, siendo las 11:45 de la mañana se trasladó y constituyó éste Tribunal Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, junto con los abogados Edinson Vanegas y Jesús Espinoza, titulares de la cédula de identidad N° V-18.181.284 y V-8.826.373 e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 35.141 y 89.584, quienes actúan como endosatarios en procuración, en un inmueble ubicado en la calle 4, esquina carrera 11, N° 11-6, La Concordia, San Cristóbal, donde funciona Multiservicios La Roca, a fin de ejecutar la presente medida preventiva de embargo, decretada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de ésta Circunscripción Judicial, demanda incoada por Multirinca, C.A., contra Ramón Alí Ramírez, por cobro de Bolívares, expediente N° 5598. Se encuentra presente el ciudadano Anthony Alí Ramírez Sarmiento, propietario de Multiservicios La Roca, C.A., quien fue notificado de La misión y objeto del Tribunal y permite el acceso del Tribunal al inmueble, quien le informó al Tribunal que desde hace dos meses que él funciona aquí, que anteriormente funcionaba Servicauchos Alí, propiedad de su papá Ramón Alí Ramírez. En éste estado los abogados actores solicitan al ciudadano Juez se sirva suspender la presente ejecución y acuerde el traslado de manera inmediata al domicilio del demandado Ramón Alí Ramírez. Seguidamente el ciudadano Juez acuerda de conformidad en consecuencia fija el traslado inmediato del Tribunal, siendo las 12:00 del mediodía, al domicilio del demandado. Terminó, se leyó y conformes firman. Dr. Félix Antonio Matos. Juez Temporal. (Fdo). Lugar del Sello. Anthony Alí Ramírez Sarmiento. Notificado. (Fdo). Abg. Edinson Vanegas y Jesús Espinoza. Parte Actora. (Fdo). Dgdo. Juan Carlos Pérez. Funcionario Politáchira. (Fdo). Abg. Carmen B. Moreno Pérez. Secretaria (Fdo). A fin de continuar con la ejecución, siendo las 12:05 del mediodía, el Tribunal se constituyó en la carrera 11, La Concordia, casa N° 4-35, junto con los abogados Edinson Vanegas y Jesús Espinoza, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 35.141 y 89.584, parte actora. Se encuentra presente el ciudadano Ramón Alí Ramírez, titular de la cédula de identidad N° V-5.646.306, demandado de autos, quien fue notificado de la misión y objeto del Tribunal y quien permite el acceso del Tribunal al inmueble. Ahora bien por cuanto el derecho a la defensa es un derecho inherente a la persona humana, garantizado en todo grado del proceso y por ser la fase de ejecución una fase del proceso se le concede un lapso de 20 minutos para que ubique a un abogado para que defienda sus derechos e intereses de conformidad con el artículo 49 ordinal primero de la Constitución Nacional, desarrollado Jurisprudencialmente por el Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional, sentencia N° 10, de fecha 02/02/2000, en concordancia con el artículo 8 de la Convención Universal de los Derechos Humanos, todo por aplicación del artículo 23 de la Carta Magna, suspendiendo el acto por dicho lapso. El Tribunal deja constancia que se hizo acompañar de Distinguido Juan Carlos Pérez, placa 2148, funcionario de Politáchira. Transcurrido el plazo sin que se hiciera presente ningún abogado, se acuerda dar continuidad al acto y se le concede el derecho de palabra al abogado actor quien expone: Solicito muy respetuosamente al ciudadano Juez proceda suspender la presente ejecución de embargo. Seguidamente el ciudadano Juez acuerda suspender la presente medida, regresando a la sede del tribunal siendo la 1:15 de la tarde, terminó, se leyó y conformes firman la presente acta. Se acuerda dejar copia certificada de la presente acta para el copiador de actas llevado por éste Tribunal. Dr. Félix Antonio Matos. Juez Temporal. (Fdo). Lugar del Sello. Ramón Alí Ramírez. Notificado. (Fdo). Abg. Edinson Vanegas y Jesús Espinoza. Parte Actora. (Fdo). Dgdo. Juan Carlos Pérez. Funcionario Politáchira. (Fdo). Abg. Carmen B. Moreno Pérez. Secretaria (Fdo).