REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL
San Cristóbal, 18 de Septiembre de 2006
196º y 147º
CAUSA Nº 1C-7468/2006
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
JUEZ: ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
FISCAL: ABG. HAROLD RADAMÉS OCANDO JASPE
FISCAL NOVENO DEL MINISTERIO PÚBLICO
DELITO: LESIONES CULPOSAS GRAVÍSIMAS
IMPUTADO: ROJAS OMAR JOSÉ
VÍCTIMA: CHACÓN GARCÍA MARÍA PATRICIA
SECRETARIA: ABG. ELIANA LUCIA FERNÁNDEZ PEÑALOZA
OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO
Procede el Tribunal, en atención a lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, a decidir sobre la petición formulada por la Fiscalía Novena del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante el cual solicita se dicte el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA de conformidad con el artículo 318 ordinal 3º del ejusdem, a favor del ciudadano OMAR JOSÉ ROJAS, por considerar que no es necesario debatir en audiencia oral, los fundamentos de la solicitud.
RELACIÓN DE LOS HECHOS
Consta a los folios 4 y 5 de la presente causa, Acta de Investigaciones Penales por Accidente de Tránsito, signado con el Nº LF-071-02, en la que el Cuerpo Técnico de Vigilancia de Tránsito Terrestre Nº 61 deja constancia de la ocurrencia de un accidente de tránsito ocurrido el día 03 de noviembre de 2002, en la carrera 3 con calle 04 de La Fría, Estado Táchira, donde resultó lesionada la ciudadana María Patricia Chacón García por parte del ciudadano Omar José Rojas, determinándose que el accidente de tránsito se produce por cuanto la víctima se encontraba en el centro de la calzada cuando fue arrollada por el imputado.
Consta así mismo al folio once (11) examen médico forense signado con el Nº 9700-164-006319 de fecha 07 de noviembre de 2002, practicado a la victima de autos, ciudadana María Patricia Chacón García, en el que se determinó que la misma presentó amputación traumática de II, III y IV Metatarsiano del píe derecho, ameritando treinta (30) días de Asistencia Médica.
Ahora bien, al analizar el escrito presentado por la Fiscalía Novena del Misterio Público, mediante el cual solicita se decrete el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano OMAR JOSÉ ROJAS, para emitir el pronunciamiento correspondiente esta Juzgadora, previamente OBSERVA:
PRIMERO: En las actas procesales consta Acta de Investigaciones Penales por Accidente de Tránsito Nº LF-071-02 en la que se deja constancia del arrollamiento de la ciudadana María Patricia Chacón García, ocurrido el día 03 de noviembre de 2002, lo cual constituye un punible perseguible de oficio que quedó plenamente comprobado con las actuaciones policiales que cursan en autos, hechos que se adecuan al tipo penal previsto en el artículo 422, numeral 2 del Código Penal, vale decir LESIONES CULPOSAS GRAVÍSIMAS, delito que comporta una pena aplicable de UNO a DOCE MESES DE PRISIÓN, con un término medio de SEIS MESES Y QUINCE DÍAS DE PRISIÓN, prescribiendo su acción penal, por el trascurso de tres años, tal como lo prevé el ordinal 5º del artículo 108 ejusdem.
SEGUNDO: Por cuanto el hecho investigado fue denunciado el 03 de Noviembre de 2002, sin que se produjere actuación judicial que interrumpiere la prescripción de la acción penal, es dable para la Representación Fiscal, solicitar el sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que desde el momento de la comisión del ilícito penal, hasta el día de hoy, han transcurrido, tres años (03) años, diez (10) meses y quince (15) días, por lo que considera este tribunal que la acción penal del hecho denunciado ha prescrito, la cual opera por el trascurso de tres años, de conformidad con la norma sustantiva penal, por lo que considera procedente en este caso, decretar la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y el consecuente SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, conforme a la solicitud fiscal, y así se decide.
Con base en lo anteriormente narrado, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con el artículo 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA Nº 1C-7468/06, seguida en contra del ciudadano OMAR JOSÉ ROJAS, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Vencido el Lapso de Ley remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial. Déjese copia en el archivo del Tribunal y Notifíquese de la presente decisión de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
Abg. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
Abg. ELIANA LUCÍA FERNÁNDEZ PEÑALOZA.
SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
Sria.-
CAUSA Nº 1C-7468-06.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA.-
San Cristóbal, 18 de septiembre de 2006
196º y 147º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber al Fiscal Noveno del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano OMAR JOSÉ ROJAS, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVÍSIMAS en perjuicio de la ciudadana María Patricia Chacón García, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con el numeral 8º del artículo 48, en concordancia con el artículo 318, numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 1C-7468-06
Exp Nº 20-F9-1915-02
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
FECHA:________________FIRMA:_____________________HORA___________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber al Fiscal Noveno del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano OMAR JOSÉ ROJAS, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVÍSIMAS en perjuicio de la ciudadana María Patricia Chacón García, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con el numeral 8º del artículo 48, en concordancia con el artículo 318, numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 1C-7468-06
Exp Nº 20-F9-1915-02
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA.-
San Cristóbal, 18 de septiembre de 2006
196º y 147º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber al Ciudadano OMAR JOSÉ ROJAS (IMPUTADO), que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en su contra por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVÍSIMAS en perjuicio de la ciudadana María Patricia Chacón García, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con el numeral 8º del artículo 48, en concordancia con el artículo 318, numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 1C-7468-06
Exp Nº 20-F9-1915-02
DIRECCIÓN: Calle 13 con carrera 02, casa Nº 180, Coloncito, Municipio Panamericano, Estado Táchira.
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
FECHA:________________FIRMA:_____________________HORA___________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber al Ciudadano OMAR JOSÉ ROJAS (IMPUTADO), que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en su contra por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVÍSIMAS en perjuicio de la ciudadana María Patricia Chacón García, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con el numeral 8º del artículo 48, en concordancia con el artículo 318, numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 1C-7468-06
Exp Nº 20-F9-1915-02
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA.-
San Cristóbal, 18 de septiembre de 2006
196º y 147º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber a la ciudadana MARÍA PATRICIA CHACÓN GARCÍA, VÍCTIMA, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano OMAR JOSÉ ROJAS, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVÍSIMAS en su perjuicio, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 1C-7468-06
Exp Nº 20-F9-1915-02
DIRECCIÓN: Ucalle 5, casa Nº 44, Seboruco, Municipio Seboruco, Estado Táchira.
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
FECHA:________________FIRMA:_____________________HORA___________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber a la ciudadana MARÍA PATRICIA CHACÓN GARCÍA, VÍCTIMA, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del ciudadano OMAR JOSÉ ROJAS, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVÍSIMAS en su perjuicio, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 1C-7468-06
Exp Nº 20-F9-1915-02