REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL
San Cristóbal, 19 de Septiembre de 2006
196º y 147º
CAUSA Nº 1C-7495/2006
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
JUEZ: ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
FISCAL: NOVENO DEL MINISTERIO PÚBLICO
ABG. GIOCONDA BEATRIZ CRUZADO NAVAS
IMPUTADO: DESCONOCIDO
DELITO: AVERIGUACIÓN MUERTE
VÍCTIMA: PÁEZ QUINTERO RAMÓN DAVID
SECRETARIA: ABG. ELIANA L. FERNÁNDEZ PEÑALOZA
Visto el escrito presentado por la Fiscal (A) Noveno del Ministerio Publico del Estado Táchira, mediante el cual solicita se dicte el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA de conformidad con el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal, para emitir el pronunciamiento correspondiente, previamente OBSERVA:
PRIMERO: Consta en autos acta policial de fecha 19 de mayo de 2003, suscrita por el Detective José Varela Pérez, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Seccional La Fría, Estado Táchira, en la cual deja constancia que en virtud de la novedad reportada por el funcionarios Freddy Escobar, se dirigieron a la vivienda signada con el Nº 08, ubicada en la calle 5 bis, entre carreras 6 y 7, Barrio san Pedro, Coloncito, Estado Táchira, donde fueron atendidos por el ciudadano José Antonio Buitrago Rosales, a quien impusieron del motivo de su comparecencia, permitiendo el acceso al interior de la misma, observando que en el piso de la sala de recibo se encontraba el cadáver de una persona de sexo masculino en posición de cubito dorsal con las extremidades superiores completamente flexionadas hacia el pecho; así mismo dejan constancia que sostuvieron entrevista con la ciudadana Carrero Ramírez Josefa María quien manifestó que el occiso el día anterior se había quejado de fuerte dolores en el pecho.
SEGUNDO: Consta Acta De Inspección Ocular Nº 562, de fecha 19 de mayo de 2003, suscrita por los funcionarios Varela José y Manuel Mogollón, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Seccional La Fría , en la que dejan constancia de las características de la vivienda, sitio del hallazgo del hecho investigado.
TERCERO: Consta Protocolo de Autopsia Nº 440-003, de fecha 13 de junio de 2003, suscrita por la Médico Patólogo Forense Dra. Ana Cecilia Rincón Bracho, en la cual deja constancia de lo siguiente: "…Autopsia que le fue practicada en el cadáver de RAMÓN DAVID PAÉZ QUINTERO …el día 21-05-2003, EPICRISIS: Cadáver de adulto varón trasladado a Instituto de Anatomía Patológica sin datos del suceso. Realizada necropsia y en vista de los hallazgos consideramos causa de muerte: SHOCK CARDIOGÉNICO, INFARTO AGUDO AL MIOCARDIO.
En base a lo anteriormente narrado, y analizadas las actuaciones policiales, quien aquí decide considera, que la muerte del ciudadano RAMÓN DAVID PÁEZ QUIENTERO, acaecida el día 19 de mayo de 2003, se produjo POR MUERTE NATURAL, hecho éste que no encuadra en tipo penal alguno de la legislación venezolana, por lo cual, lo procedente en este caso es DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO de la causa por haber operado la causal establecida en el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, conforme a la petición fiscal; y así se decide. En consecuencia este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA Nº 1C-7495/2006, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que el hecho objeto de la investigación no es típico. SEGUNDO: Una vez cumplido el lapso de Ley, remítase las presentes actuaciones al Archivo Judicial. Diarícese, publíquese y notifíquese de la presente decisión, de conformidad con el articulo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
Abg. Eliana Lucía Fernández Peñaloza
Secretaria
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
Sria.-
CAUSA Nº 1C-7495/06.
CDCI/elfp
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA.-
San Cristóbal, 19 de septiembre de 2006
196º y 147º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber al Fiscal Noveno del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de Personas Desconocidas, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra Las Personas, por cuanto el hecho investigado no es típico, de conformidad con el artículo 318, numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 1C-7495-06
Exp Nº 20-F9-0704-03
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
FECHA:________________FIRMA:_____________________HORA________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber al Fiscal Noveno del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de Personas Desconocidas, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra Las Personas, por cuanto el hecho investigado no es típico, de conformidad con el artículo 318, numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 1C-7495-06
Exp Nº 20-F9-0704-03