REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL
San Cristóbal, 19 de Septiembre de 2006
196º y 147º
CAUSA Nº 1C-7506/2006
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
JUEZ: ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
FISCAL: ABG. HAROLD RADAMES OCANDO JASPE
FISCAL NOVENO DEL MINISTERIO PÚBLICO
DELITO: LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES
IMPUTADO: PEÑARANDA RUIZ MARTHA RAQUEL
VÍCTIMA: TARAZONA RINCÓN SANDRA JUDITH
SECRETARIA: ABG. ELIANA LUCIA FERNÁNDEZ PEÑALOZA
OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO
Procede el Tribunal, en atención a lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, a decidir sobre la petición formulada por la Fiscalía Novena del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, mediante el cual solicita se dicte el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA de conformidad con el artículo 318 ordinal 3º del ejusdem, a favor de la ciudadana PEÑARANDA RUIZ MARTHA RAQUEL, por considerar que no es necesario debatir en audiencia oral, los fundamentos de la solicitud.
RELACIÓN DE LOS HECHOS
Consta al folio 3 de la presente causa, Denuncia Común interpuesta por la ciudadana Sandra Judith Tarazona Rincón por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Seccional La Fría, Estado Táchira en la que manifiesta que en horas de la noche del día 09 de junio de 2003 fue golpeada y maltratada por la ciudadana Martha Raquel Peñaranda Ruiz.
Consta así mismo al folio 11 examen médico forense signado con el Nº 9700-078-457 de fecha 10 de junio de 2003, practicado a la victima de autos, ciudadana TARAZONA RINCÓN SANDRA JUDITH, en el que se determinó que el mismo presentó MÚLTIPLES EXCORIACIONES LINEALES PEQUEÑAS LOCALIZADAS A NIVEL FACIAL y UNA HERIDA CORTANTE NO SUTURADA LOCALIZADA EN PULPEJO DE FALANGE DISTAL DEL TERCER DEDO DE MANO IZQUIERDA, ameritando diez (10) días de Asistencia Médica.
Ahora bien, al analizar el escrito presentado por la Fiscalía Novena del Misterio Público, mediante el cual solicita se decrete el Sobreseimiento de la causa a favor de la ciudadana Martha Raquel Peñaranda Ruiz, para emitir el pronunciamiento correspondiente esta Juzgadora, previamente OBSERVA:
PRIMERO: En las actas procesales consta las diligencias de investigación practicadas en virtud de las lesiones que sufriere la ciudadana Sandra Judith Tarazona Rincón el día 09 de junio de 2003, hecho que constituye un punible perseguible de oficio que quedó plenamente comprobado con las actuaciones policiales que cursan en autos, el cual se adecua al tipo penal previsto en el artículo 415 del Código Penal, vale decir LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES; delito que comporta una pena aplicable de TRES a DOCE MESES DE PRISIÓN, con un término medio de SIETE (07) MESES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN, prescribiendo su acción penal, por el trascurso de tres años, tal como lo prevé el ordinal 5º del artículo 108 ejusdem.
SEGUNDO: Por cuanto el hecho investigado ocurrió el 09 de junio de 2003, sin que se produjere actuación judicial que interrumpiere la prescripción de la acción penal, es dable para la Representación Fiscal, solicitar el sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, toda vez que desde el momento de la comisión del ilícito penal, hasta el día de hoy, han transcurrido, tres (03) años, tres (03) meses y diez (10) días, por lo que considera este tribunal que la acción penal del hecho investigado ha prescrito, la cual opera por el trascurso de tres años, de conformidad con la norma sustantiva penal, por lo que considera procedente en este caso, decretar la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y el consecuente SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA y así se decide.
Con base en lo anteriormente narrado, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con el artículo 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA Nº 1C-7506/06, seguida en contra de la ciudadana MARTHA RAQUEL PEÑARANDA RUIZ por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Vencido el Lapso de Ley remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial. Déjese copia en el archivo del Tribunal y Notifíquese de la presente decisión de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal.
Abg. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
Abg. ELIANA LUCÍA FERNÁNDEZ PEÑALOZA.
SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
Sria.-
CAUSA Nº 1C-7506-06
CDCI/elfp
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA.-
San Cristóbal, 19 de septiembre de 2006
196º y 147º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber al Fiscal Noveno del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de la ciudadana MARTHA RAQUEL PEÑARANDA RUIZ, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES en perjuicio de la ciudadana SANDRA JUDITH TARAZONA RINCÓN, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con el numeral 8º del artículo 48, en concordancia con el artículo 318, numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 1C-7506-06
Exp Nº 20-F9-0835-03
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
FECHA:________________FIRMA:_____________________HORA___________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber al Fiscal Noveno del Ministerio Público, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de la ciudadana MARTHA RAQUEL PEÑARANDA RUIZ, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES en perjuicio de la ciudadana SANDRA JUDITH TARAZONA RINCÓN, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con el numeral 8º del artículo 48, en concordancia con el artículo 318, numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 1C-7506-06
Exp Nº 20-F9-0835-03
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA.-
San Cristóbal, 19 de septiembre de 2006
196º y 147º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber a la Ciudadana MARTHA RAQUEL PEÑARANDA RUIZ (IMPUTADA), que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en su contra por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES en perjuicio de la ciudadana SANDRA JUDITH TARAZONA RINCÓN, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con el numeral 8º del artículo 48, en concordancia con el artículo 318, numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 1C-7506-06
Exp Nº 20-F9-0835-03
DIRECCIÓN: Barrio Los Pitufos, Sector Los Mangos, casa S/N, al final de la Manga de Coleo, La Fría, Municipio García de Hevia, Estado Táchira. 0276-3469137.
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
FECHA:________________FIRMA:_____________________HORA___________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber a la Ciudadana MARTHA RAQUEL PEÑARANDA RUIZ (IMPUTADA), que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en su contra por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES en perjuicio de la ciudadana SANDRA JUDITH TARAZONA RINCÓN, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con el numeral 8º del artículo 48, en concordancia con el artículo 318, numeral 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 1C-7506-06
Exp Nº 20-F9-0835-03
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA.-
San Cristóbal, 19 de septiembre de 2006
196º y 147º
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se hace saber a la ciudadana SANDRA JUDITH TARAZONA RINCÓN, VÍCTIMA, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de la ciudadana MARTHA RAQUEL PEÑARANDA RUIZ, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES en su perjuicio, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 1C-7506-06
Exp Nº 20-F9-0835-03
DIRECCIÓN: Urbanización El Arrecostón, vereda 38, casa Nº 08, La Fría, Municipio García de Hevia, Estado Táchira.
Notificación que hago a los fines legales consiguientes.
Firmará al pie de la presente en señal de haber sido notificado.
ABG. CARMEN DEISY CASTRO INFANTE
JUEZ PRIMERO DE CONTROL
FECHA:________________FIRMA:_____________________HORA___________
PARA EL NOTIFICADO
Se hace saber a la ciudadana SANDRA JUDITH TARAZONA RINCÓN, VÍCTIMA, que por auto de esta misma fecha, este Tribunal dictó decisión en la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de la ciudadana MARTHA RAQUEL PEÑARANDA RUIZ, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES en su perjuicio, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con el numeral 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
Causa Nº 1C-7506-06
Exp Nº 20-F9-0835-03