REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA

San Cristóbal, Jueves 21 de Septiembre de 2006

195º y 146º


Vista la solicitud, realizada por el ciudadano MILTON MARINO MUÑOZ BECERRA, venezolano, natural de calí, República de Colombia, Titular de la Cédula de Identidad Nro.-81.661.330, con Fecha de nacimiento 28 de Febrero de 1964, de 43 años de edad, obrero, residenciado, en la carrera Nro.-20 entre calles 5 y 6, frente a la Plaza Urdaneta, Centro de Rehabilitación Integral “Hombres Nuevos”, San Cristóbal, Estado Táchira; en la cual requiere una constancia donde se exponga la situación jurídica del mismo en la causa Nro.-2C-645-2000, por lo que ante la referida solicitud, este Tribunal Segundo de Control, para decidir sobre lo peticionado, realiza las presentes observaciones:


En fecha 11 de Enero de 2006, se realizó ante este Tribunal UDIENCIA DE VERIFICACION DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES, en la cual el Juez Declara LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 48 DEL CÓDIGO ORGANICO PROCESAL PENAL Y EL ARTÍCULO 45 EJUSDEM, en consecuencia en el mismo acto Decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa Nro.-645-2000, a favor del ciudadano MILTON MARINO MUÑOZ BECERRA, venezolano, natural de calí, República de Colombia, Titular de la Cédula de Identidad Nro.-81.661.330, con Fecha de nacimiento 28 de Febrero de 1964, de 43 años de edad, obrero, residenciado, en la carrera Nro.-20 entre calles 5 y 6, frente a la Plaza Urdaneta, Centro de Rehabilitación Integral “Hombres Nuevos”, San Cristóbal, Estado Táchira; en la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, de la Ley vigente para el momento de ocurrencia de los hechos, estipulado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con el artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.


En este estado el Tribunal pasó a decidir, quedando el dispositivo de la siguiente manera:







DISPOSITIVA

En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL N° DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE: UNICO: Se declara procedente con fundamento en los artículos 26, 28, 31 de nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, expedir la constancia solicitada por el ciudadano MILTON MARINO MUÑOZ BECERRA, anteriormente identificado, así como ratificar oficio librado por esté Despacho Judicial de dejar sin efecto ordenes de captura, emitido por este Tribunal. Déjese copia para archivo del Tribunal Así se decide---------------------------------



DRA. KARINA TERESA DUQUE DURAN
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL






DR. MIGUEL ILIJA OJEDA
SECRETARIO DEL TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL
En está misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
Exp.- Nro.-S


















PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA

San Cristóbal, Jueves 21 de Septiembre de 2006

195º y 146º

CONSTANCIA

A solicitud del ciudadano MILTON MARINO MUÑOZ BECERRA, venezolano, natural de calí, República de Colombia, Titular de la Cédula de Identidad Nro.-81.661.330, con Fecha de nacimiento 28 de Febrero de 1964, de 43 años de edad, obrero, residenciado, en la carrera Nro.-20 entre calles 5 y 6, frente a la Plaza Urdaneta, Centro de Rehabilitación Integral “Hombres Nuevos”, San Cristóbal, Estado Táchira; Este Tribunal Segundo de Control hace constar que al ciudadano antes identificado en fecha En fecha 11 de Enero de 2006, se realizó ante este Tribunal UDIENCIA DE VERIFICACION DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES, en la cual el Juez Declara LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 48 DEL CÓDIGO ORGANICO PROCESAL PENAL Y EL ARTÍCULO 45 EJUSDEM, en consecuencia en el mismo acto Decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa Nro.-645-2000, a favor del ciudadano MILTON MARINO MUÑOZ BECERRA, venezolano, natural de calí, República de Colombia, Titular de la Cédula de Identidad Nro.-81.661.330, con Fecha de nacimiento 28 de Febrero de 1964, de 43 años de edad, obrero, residenciado, en la carrera Nro.-20 entre calles 5 y 6, frente a la Plaza Urdaneta, Centro de Rehabilitación Integral “Hombres Nuevos”, San Cristóbal, Estado Táchira; en la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, de la Ley vigente para el momento de ocurrencia de los hechos, estipulado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con el artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Dejando sin efecto este Tribunal para la fecha referida sin efecto ordenes de capturas emitidas. Constancia que se expide a solicitud de parte interesad.----------------------------------------------------


DRA. KARINA TERESA DUQUE DURAN
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL



DR. MIGUEL ILIJA OJEDA
SECRETARIO DEL TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL