REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
TRIBUNAL EN FUNCION DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Nº1
San Cristóbal, 18 de Septiembre de 2006.
196º y 147º.
CAUSA Nº: E1-1437
Ref.: Auto que decreta Extinción de la Pena.
Visto que en la causa signada con el Nº E1-1437, nomenclatura de éste Tribunal, seguida al ciudadano PEÑA ALBERTO, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V.-11.957.312, se recibió el oficio Nº RC/087-2006, de fecha 30 de Junio de 2006, emanado del Registro Civil Municipal Santa Ana, Estado Táchira, suscrito por el Registrador, en el que remite copia certificada del acta de Defunción del referido penado y del cual se desprende que falleció en fecha 12-09-2002, a consecuencia de SOC HIPOVOLÉMICO HEMORRAGIA INTERNA, HERIDAS MÚLTIPLES POR ARMA BLANCA, según certificado de la Dra. Ana Cecilia Rincón Bracho, Anatomía Patológica Hospital Central S.C, procedente del mencionado Registro Civil, en el que remiten anexo copia del certificado de defunción No. 42, de fecha 30-09-2002; ahora bien, observa esta Juzgadora que al ciudadano PEÑA ALBERTO falleció por lo que, este Tribunal observa lo siguiente:
Consta en las actuaciones insertas en el expediente Nº E1-1437, que el penado fue condenado por el Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, a cumplir la pena de diez (10) años de prisión, por la comisión del delito de transporte de estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, la cual debía cumplir en la sede del Centro Penitenciario de Occidente.
En fecha 20-04-2001, (folio 80-82), consta que el Tribunal de Ejecución del Estado Vargas, Declinó la Competencia a este Tribunal.
En fecha 14-05-2001, se recibió la causa y se le dio entrada ante este Tribunal.
Al folio 113, consta copia certificada del Acta de Defunción del penado PEÑA ALBERTO, emanado del Registro Civil del Municipio Córdoba del Estado Táchira, suscrito por el Registrador Civil.
Ahora bien, verificado como ha sido que el penado PEÑA ALBERTO, falleció en calenda 12 de Septiembre de 2002, considera esta Juzgadora que en el caso sub examine, es necesario decretar la Extinción de la Pena impuesta a dicho penado, de conformidad con lo estipulado en el artículo 103 del Código Penal.
En mérito de lo expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,
RESUELVE:
ÚNICO: DECRETA la EXTINCIÓN DE LA PENA, impuesta al ciudadano PEÑA ALBERTO, por cuanto el mismo falleció en fecha 12 de Septiembre de 2002, todo de conformidad con lo previsto en el primer aparte del artículo 103 del Código Penal.
Remítase la presente causa al Archivo de esta Circunscripción Judicial.
En San Cristóbal, a los dieciocho (18) días del mes de septiembre del año dos mil seis.
Cópiese, notifíquese y cúmplase,
Abg. LUPE FERRER ALCEDO
Juez Primero de Ejecución.
Abg. MARLENY MAYLET CÁRDENAS CORREA
La Secretaria.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
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CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES
DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Cristóbal, 18 de septiembre de 2006
196° y 147°
BOLETA DE NOTIFICACIÓN
Se le notifica a la Abogado Ana Gamboa, Fiscal Duodécimo del Ministerio Público, que en la causa N° E1-1437, se dictó decisión en esta misma fecha mediante la cual se DECRETO LA EXTINCIÓN DE LA PENA (por muerte) al penado PEÑA ALBERTO.
Notificación que se hace que se hace a los fines legales consiguientes.
Abg. Lupe Ferrer Alcedo
Juez de Ejecución N° 1
Firma______________________ Fecha ____________________ Hora __________________
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Se le notifica a la Abogado Ana Gamboa, Fiscal Duodécimo del Ministerio Público, que en la causa N° E1-1437, se dictó decisión en esta misma fecha mediante la cual se DECRETO LA EXTINCIÓN DE LA PENA (por muerte) al penado PEÑA ALBERTO.
Notificación que se hace que se hace a los fines legales consiguientes.
Mmcc.