República Bolivariana de Venezuela
Tribunal Quinto de Primera Instancia en Función Control
Circuito Judicial Penal del Estado Vargas
EN SU NOMBRE
Macuto, 21 de septiembre de 2006
196° y 147°
CAUSA N° WP01-P-2006-3304
JUEZ: YARLENY MARTIN B.
SECRETARIO: JORGE NOVOA
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: CARLOS GONZALEZ
DEFENSA PÚBLICA: HAIDEE MEDINA
IMPUTADO: JOSE VIDAL HERRERA BOTIA
DISPOSITIVA
Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud del Ministerio Público en cuanto a que el presente procedimiento se ventile por la vía del Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud realizada por el Fiscal del Ministerio Público en cuanto a la Medida de Privación Judicial Preventiva de libertad en contra del ciudadano JOSE VIDAL HERRERA BOTIA, titular de la cédula de identidad 18.927.375, por la presunta comisión del delito de ROBO EN MODALIDAD ARREBATON, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 456 del Código Penal, por cuanto se considera que están llenos los extremos de los artículos 250 y 251 ordinales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se declara sin lugar la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva, por ser improcedente. CUARTO: Se declara con lugar la solicitud de la defensa en cuanto a las copias simples solicitadas. CUARTO: Se designa como centro de reclusión el Internado Judicial Los Teques.
LA JUEZ QUINTO DE CONTROL,
DRA. YARLENY MARTIN B.
EL SECRETARIO
ABG. JORGE NOVOA
WP01-P-2006-3304
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