REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, dieciocho (18) de septiembre del año dos mil seis (2006)
196° y 147°
ASUNTO: WP11-L-2006-000152
Visto el escrito de fecha dieciséis (16) de junio del año dos mil seis (2006), suscrito por el ciudadano CARLOS PINEDA, titular de la cédula de identidad Nº 3.611.252, en su carácter de REPRESENTANTE de la empresa TRANSPORTE MIRNANCAR P.G., C.A., debidamente asistido por la Profesional del Derecho ÁMERICA RIVAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 47.408, por una parte y por la otra el ciudadano ESQUEA GOYO CARLOS ANTONIO, titular de la cédula de identidad Nº 12.370.754, debidamente asistido por la Profesional del Derecho ROXANA CABELLO inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 103.642, mediante la cual ambas partes dejan constancia de entrega y recibimiento de cheque Nº 00004159, a favor del ciudadano antes identificado. Asimismo, ambas partes solicitaron la homologación del presente convenimiento, copia certificada del mismo y del auto de dicha homologación. Este Tribunal acuerda lo solicitado, en consecuencia le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN dándole efectos de Cosa Juzgada, se declara terminado el proceso, se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Igualmente, se acuerda expedir copia certificada de los folios treinta y seis (36) hasta el treinta y ocho (38) con sus respectivos vueltos, de la diligencia que las solicita y del auto que las provee.
EL JUEZ
Dr. JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ
LA SECRETARIA
ABG. MAGJOHLY FARIAS
JG/MF/pierina.
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